La STPS dio a conocer en el DOF del 5 de junio de 2023, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la STPS, el cual entra en vigor el 6 de junio del mismo año.
Cambios generales
Entre las nuevas disposiciones del reglamento resaltan los siguientes aspectos:
- desaparecen la Subsecretaría del Trabajo; la Unidad de Funcionarios Conciliadores; y la Dirección General de Registro de Asociaciones
- cambian las denominaciones de algunas autoridades (Dirección de Legislación; Subdirección de Procedimientos Administrativos; Dirección de Evaluación, Rendición de Cuentas y Responsabilidad Pública; y Dirección General de Concertación y Capacitación Laboral) para quedar de la siguiente forma: Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos; Subdirección de Procedimientos Judiciales; Dirección de Transparencia; y Dirección General de Capacitación Laboral
- la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral, ahora tendrá a su cargo a las Unidades del:
- Servicio Nacional de Empleo, integrada por las direcciones generales de: Operación del Servicio Nacional de Empleo; y Atención a Población en Situación de Movilidad Laboral, y
- Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, compuesta por las direcciones generales de: Operación Territorial; Supervisión y Seguimiento; y Administración de la Plataforma Digital
- se crearon en apoyo a la Dirección General de Capacitación Laboral, las direcciones de:
- Obligaciones Legales en Materia de Capacitación Laboral, a fin de promover y asesorar, en su caso, a los patrones y organizaciones sindicales para que en los contratos colectivos de trabajo, se incluyan cláusulas relativas a la obligación patronal de proporcionar capacitación y adiestramiento a los trabajadores, y
- Normatividad, Apoyo al Diálogo Social y la Nueva Cultura Laboral. La cual está facultada, entre otros puntos, a la formación y capacitación de dirigentes sindicales, a través de módulos, cursos, seminarios y diplomados, que contribuyan a realizar una eficiente y democrática conducción de las organizaciones que representan, así como a empresas y sus asociaciones para sensibilizar sobre el cumplimiento de la LFT y los principios y prácticas previstos en la nueva cultura laboral
- a cargo de la Dirección General de Previsión Social, estarán las direcciones de:
- Seguridad y Salud, la cual será encargada de diseñar y procurar campañas de seguridad y salud en el trabajo para la prevención de accidentes y enfermedades del trabajo, así como para la promoción de la salud y prevención de adicciones, entre otras funciones
- Políticas de Trabajo Digno, para diseñar e impulsar, con la participación de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo, la celebración de convenios entre el Gobierno federal, los gobiernos locales y las organizaciones empresariales, sindicales y sociales, para promover y apoyar el trabajo digno, además de proteger a los adolescentes, y prevenir y erradicar el trabajo infantil; y ejecutar acciones orientadas a propiciar el trabajo digno de los empleados del hogar, y
- Inclusión Laboral y Trabajo de Menores, la cual será la encargada de crear, suscitar y coordinar acciones para reconocer, distinguir y certificar a centros de trabajo que cuenten con buenas prácticas laborales que fomenten la inclusión laboral, la igualdad de género y la no discriminación en materia de trabajo, así como la conciliación, el trabajo-familia y la prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección de adolescentes en edad permitida para laborar; así como las acciones en materia de igualdad y perspectiva de género en las unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado de la STPS, y
- la Dirección General de Concertación Social, tendrá entre otras funciones las de:
- participar en acciones de orientación a favor de los colaboradores y patrones que fomenten la concertación y los valores del trabajo digno
- promover el diálogo social con las organizaciones sindicales y empresariales del país
- atender las demandas en el ámbito de su competencia para mantener el diálogo entre subordinados y empleadores, con estricto respeto a los principios de bilateralidad, legalidad, diálogo y transparencia y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables
- procurar vínculos con los gremios empresariales, sindicales y gubernamentales para cumplir con los objetivos en favor del sector productivo, y
- preparar las convenciones para la elección de los representantes de los trabajadores y de los patrones ante la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
Administración del REPSE
Derivado de las reformas en materia de subcontratación laboral, se crea la Dirección de Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, cuya función principal es la de administrar y operar el Registro de Personas Físicas o Morales que Presten Servicios Especializados o Ejecuten Obras Especializadas (REPSE), así como:
- emitir y resolver los actos administrativos que correspondan a los registros, modificaciones, renovaciones y negativas a las personas físicas o morales que, en su caso, hubiesen solicitado ser consideradas como prestadoras de servicios especializados u obras especializadas
- supervisar y verificar directamente o a través de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas, por medio de visitas de constatación de datos o inspecciones laborales a las empresas que solicitaron el registro o a las empresas beneficiarias de los servicios, que la información proporcionada por los patrones corresponda a los documentos, elementos y demás condiciones existentes en los centros de trabajo aportadas al sistema del REPSE, así como que estén cumpliendo con las disposiciones en materia de subcontratación
- proponer modificaciones a las disposiciones de carácter general que determinan los procedimientos y funcionamiento del REPSE
- requerir en cualquier momento, directamente o a través de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en los estados, información y documentación a las personas físicas o morales que soliciten su registro como prestadoras de servicios especializados u obras especializadas, a las empresas beneficiarias de dichos servicios u obras, o a cualquier ente público relacionado con dicho registro, y
- resolver los recursos de revisión administrativos que se interpongan