Actividades reservadas al Estado

Funciones estatales previstas en las leyes

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 .  (Foto: IDC online)

Están reservadas de manera exclusiva al Estado las funciones determinadas en las leyes, en las siguientes áreas estratégicas:

  • Exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en términos de lo dispuesto por los artículos 27, párrafo séptimo y 28, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley reglamentaria respectiva
  • Planeación y control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, en términos de lo dispuesto por los artículos 27, párrafo sexto y 28, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley reglamentaria respectiva
  • Generación de energía nuclear
  • Minerales radioactivos
  • Telégrafos
  • Radiotelegrafía
  • Correos
  • Emisión de billetes
  • Acuñación de moneda
  • Control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos
  • Las demás que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables