Los legisladores aseguran que no es una ley antimarchas, ni contraviene el derecho de manifestación
La Cámara de Diputados aprobó, con 292 votos a favor, 100 en contra y una abstención, un dictamen que reforma y adiciona los artículos 11 y 73 de la Constitución mexicana en materia de derecho a la movilidad universal.
En la fundamentación de los cambios a la carta magna el diputado Marcos Aguilar Vega (PAN), presidente de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, destacó que la reforma pretende plasmar “el reconocimiento y la protección del derecho humano que tenemos todas las personas a la movilidad universal”.
De acuerdo con un comunicado del órgano legislativo, este derecho implica el reconocimiento que tiene cada individuo, y sus bienes, a un adecuado desplazamiento de un lugar a otro.
Aguilar Vega afirmó que la inmovilidad puede traer consecuencias serias para el desarrollo social, el crecimiento económico, la erosión de la convivencia social y efectos negativos sobre el medio ambiente, por la emisión de gases contaminantes.
En ese sentido, agregó que el derecho a la movilidad universal no se contrapone con el ejercicio de otras garantías fundamentales, tales como el libre tránsito o el derecho de reunión o manifestación.
No se puede, dijo, sacrificar un derecho por encima de otro, por lo que la legislación “deberá regular la actuación de la autoridad para permitir el ejercicio armónico de la movilidad, implementando planes y procedimientos operativos adecuados, para facilitar el ejercicio del derecho de reunión”, sin poner en riesgo el ejercicio del derecho a la movilidad universal.
“El derecho a la movilidad universal no es un asunto de vehículos, es un derecho que tiene el peatón. No podemos construir ciudades autopistas pensadas en la función del automóvil; no podemos deshumanizar el espacio urbano y hacer a un lado al ciudadano de a pie”, subrayó.
Por su parte, las diputadas Aleida Alavez Ruiz (PRD) y Zuleyma Huidobro González (MC) presentaron, por separado, una moción suspensiva bajo el argumento de que en la actual situación que vive el país no es conveniente que se discuta esta reforma en el Congreso, la cual ha sido interpretada como una ley antimarchas o que podría criminalizar las protestas públicas.
Aleida Alavez mencionó que la adición y reforma a los artículos 11 y 73 constitucionales vulnera a su vez el artículo 1 de la misma Constitución en materia de protección a los derechos humanos.
Para reformar el artículo 11, dijo, primero se deberán atender los requisitos que restringen los derechos fundamentales, en atención a la jurisprudencia de la décima época de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La legisladora abundó que esta reforma permitirá al Estado controlar, en una ley general, el derecho a la movilidad, es decir, intervenir –a su libre arbitrio- en las manifestaciones ciudadanas, y en los lugares o espacios a los que podrán llegar este tipo de movimientos.
En el caso del artículo 73, opinó la diputada, permitiría al Congreso tener facultades para expedir una ley que permita el control de las marchas, y por ende el libre tránsito.
“No es el momento político para aprobar este dictamen, no abonemos más a la crispación social. México enfrenta una crisis de Estado, seamos responsables y cerremos el paso a la tentación de reprimir las manifestaciones sociales pacíficas, que en estos días se registran en las calles”, concluyó.
De su lado, Ricardo Mejía Berdeja (MC) señaló que esta ley, “en apariencia progresista e innovadora” en la coyuntura político-social que vive el país, puede utilizarse “como una coartada para la represión. Como una coartada para frenar el legítimo derecho del pueblo a manifestarse en términos de la Constitución”.
Añadió que este dictamen, que fue turnado al Senado, es “políticamente inoportuno” por la situación del país, el cual vive “intensas movilizaciones sociales, de enojo frente a las violaciones a los derechos humanos, la inseguridad y la caótica situación económica”.