Sociedad de Gestión Colectiva ¿apoya autores?

Si eres autor de una obra y no sabes cómo proteger los derechos inherentes a ésta, puedes recurrir a este tipo de sociedades

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 -  (Foto: Redacción)

Debido a la diversidad de los medios de expresión existentes es muy difícil para los autores de una obra gestionar en lo individual sus derechos, por ejemplo, contactar a todas las emisoras de radio o de televisión para darles las autorizaciones necesarias para explotar su obra, y por ende, el pago correspondiente.

Esta imposibilidad es la que justifica la creación de las sociedades de gestión colectiva (SGC) para agilizar las diligencias y cuidar que los creadores reciban las regalías por el uso de sus obras.

Las SGC tienen como finalidad concentrar el cuidado de los derechos de los autores y el cobro de sus regalías, para hacerlo más fácil y disponible, tanto para éstos como para quienes hagan uso de las obras protegidas.

Por ello ponen a disposición de sus socios y los usuarios las listas con el nombre de los titulares de derechos patrimoniales que representan, para así transparentar si poseen o no el derecho de cobrar la regalía que aleguen.

Asimismo las SGC están legitimadas, bajo los términos proclamados en sus estatutos, para ejercer los derechos confiados a su gestión y hacerlos valer en toda clase de procedimientos administrativos o judiciales. Además están facultadas para presentar, ratificar o desistirse de demandas o querellas a nombre de sus socios, siempre que cuenten con un poder para pleitos y cobranzas inscrito en el Instituto Nacional de Derechos de Autor.

Como esta figura no solo es útil para los autores, sino también para quienes utilizan obras protegidas, te recomendamos consultar el tema ¿Qué es una sociedad de gestión colectiva? en donde abordamos los pormenores de la misma.