NOM emergente de verificación vehicular para Megalópolis

Los vehículos modelo 2016 y posteriores quedan exentos de verificar hasta 2020

(Foto: Cuartoscuro)
 (Foto: Cuartoscuro)  (Foto: Redacción)

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó en el DOF de este 7 de junio la Norma de Emergencia que establece los niveles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan dentro de las entidades que son parte de la Megalópolis (Ciudad de México,  Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala y Estado de México).

La norma, que entrará en vigor el 1o. de julio de 2016 y tendrá una vigencia de seis meses, incluye los instrumentos normativos para los automóviles con peso mayor a 400 kilos, así como los métodos de prueba aplicables para medir dichas emisiones.

La NOM-EM-167-SEMARNAT-2016 señala que los vehículos nuevos o modelo 2016 y posteriores quedarán exentos de la verificación vehicular obligatoria hasta por un periodo de cuatro años a partir de su adquisición, excepto los automóviles que presten cualquier servicio público, federal o local, así como privado regulado por las leyes federales o locales.

Asimismo puntualiza al sistema de diagnóstico a bordo como el método de prueba principal para la certificación de emisiones de vehículos en circulación,ya que monitoreará de manera constante el funcionamiento de todos los sistemas involucrados en el control de emisiones.

Esto es así porque los automóviles al someterse a procedimientos de verificación, solamente confirman sus condiciones mediante el uso de herramientas tecnológicas y no con base en una inspección visual o una medición de gases en el escape que no permiten identificar los fallos en los componentes del motor que contribuyen al incremento en las emisiones contaminantes.

De igual forma se establecen previsiones para el caso en que no sea posible para los centros o las unidades de verificación la lectura de los monitores o dispositivos señalados, por lo cual las autoridades competentes determinen la aplicación excepcional de otros métodos de prueba.

La norma añade que se aplicará el método de prueba dinámica a los vehículos en circulación que sean modelo 2005 y anteriores, que hayan sido identificados por su fabricante como operable en el dinamómetro o convertidos para usar otro combustible distinto al de origen.

La Semarnat indicó que “resulta necesario adoptar medidas para disminuir el riesgo para la población” tras las altas concentraciones de ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México favorecidas por condiciones meteorológicas como la poca dispersión de contaminantes y asociadas a una alta radiación solar, altas temperaturas, estabilidad atmosférica, poca humedad en el ambiente y las declaraciones de contingencia ambiental.