¿Y si no entrego la PTU?

En caso de no entregarla a más tardar el 30 de mayo, podría ser acreedores de multas de hasta 403,000 pesos

 .  (Foto: Getty)

Miryam López

A más tardar el próximo 30 de mayo las empresas deben entregar a sus empleados las utilidades, ya que en caso de su omisión, los empleadores podrían ser acreedores de multas de hasta 403,000 pesos, señaló Enconta.

¿QUIÉNES DEBEN ENTREGAR PTU?

“Todos los trabajadores subordinados mediante el pago de un salario a una persona física o moral; es decir, un patrón o una empresa, deberán recibir la parte proporcional de las utilidades”, apuntó.

No obstante, la LFT determina que las empresas con un ingreso anual declarado menor a 300,000 pesos no están obligadas a otorgar dicha prestación; además, quedan exentas las entidades en sus dos primeros años de operación, las de reciente creación y las que se dedican a la elaboración de un producto novedoso - de nueva creación-, refirió el representante de la plataforma, Daniel Martínez.

De igual forma, existen personas excluidas de recibir el pago, tal como: directores, gerentes, empleados domésticos y trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.

Asimismo, las organizaciones de la industria extractiva de reciente creación y en periodo de exploración, las instituciones de asistencia privada sin propósito de lucro, las entidades públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia tampoco están obligadas a realizar dicha operación.

Finalmente, apuntó que las dudas sobre el reparto de la utilidad podrían derivar de las pequeñas y medianas empresas, ya que estas –generalmente- no cuentan con una plataforma de servicios contables o de procesos administrativos.

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