¿Cambios al trabajo doméstico y a la maternidad?

El Senado votó en favor de adicionar un artículo décimo quinto transitorio a la LFT, relacionada con la implementación de un directorio nacional de lactarios

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 .  (Foto: iStock)

La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República aprobó por unanimidad un dictamen que plantea reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de las personas trabajadoras del hogar.

Entre las modificaciones, se definió a la persona trabajadora del hogar como toda persona que de manera remunerada realice actividades de aseo, asistencia, y demás, propios o inherentes al hogar como parte de una relación laboral.

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Estableció tres modalidades:

  • las personas que trabajan para un patrón y residen en el domicilio
  • quienes trabajan para un patrón y no residen en el domicilio
  • las que trabajan para diferentes patrones y no residen en el domicilio de ninguno

Mismo que se deberá establecer mediante un contrato escrito y contar con las prestaciones establecidas en la ley, tales como: vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso a seguridad social y aguinaldo.

Asimismo, planteó prohibir la contratación de personas menores de 15 años, por su parte, a las mayores de esa edad, el patrón deberá fijar 14 jornadas que no excedan seis horas diarias y 36 horas semanales; no obstante, si estas últimas adolescentes no han concluido la secundaria no podrán ser contratadas.

Por otra parte, la Cámara alta, también avaló reformar la fracción II, del artículo 170, de la Ley Federal del Trabajo, con el fin de aumentar los días de permiso de maternidad hasta 14 semanas. La modificación  permitiría a la madre decidir la distribución, antes y después del parto.

En el mismo sentido, de ampliación del permiso de maternidad, se avaló otro dictamen que reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

La modificación señala que cuando se trate de un parto prematuro, deberá tomarse en cuenta la fecha de nacimiento del hijo o hija, con la finalidad de que se garanticen las 14 semanas asignadas como parte de la licencia de maternidad, para la madre.

Cuando haya nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta 14 semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

En caso de adopción, las mujeres trabajadoras disfrutarán de un descanso de una semana previa a la fecha de entrega y siete semanas posteriores, con goce de sueldo.

Finalmente votaron en favor de adicionar un artículo décimo quinto transitorio a la Ley Federal del Trabajo, relacionada con la implementación de un directorio nacional de lactarios.