MIE 30/04
TDC 19.5868
LUN 10/03
INPC 139.1610
SAB 01/03
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Es importante conocer cuáles son y su objetivo, tanto para cumplir con la LFT, como mantener un buen ambiente laboral
La LFT prevé diversas Comisiones Mixtas (CM) en las que intervienen los sujetos nombrados por parte de los empleadores y los trabajadores.
El objeto de dichos órganos es conocer y atender ciertas materias, las cuales son de creación obligatoria. La legislación laboral señala como obligatorias las siguientes comisiones:
No obstante, los patrones pueden integrar otras comisiones a efectos de controlar algùn aspecto en particular, por ejemplo: