JUE 12/02
TDC 17.2155
SAB 10/01
INPC 143.5880
DOM 01/02
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
Es importante conocer cuáles son y su objetivo, tanto para cumplir con la LFT, como mantener un buen ambiente laboral
La LFT prevé diversas Comisiones Mixtas (CM) en las que intervienen los sujetos nombrados por parte de los empleadores y los trabajadores.
El objeto de dichos órganos es conocer y atender ciertas materias, las cuales son de creación obligatoria. La legislación laboral señala como obligatorias las siguientes comisiones:
No obstante, los patrones pueden integrar otras comisiones a efectos de controlar algùn aspecto en particular, por ejemplo: