Publican más reglas sobre legitimación de contratos colectivos de trabajo

La STPS delega en la Unidad de Enlace para la Reforma al Sistema Judicial Laboral atribuciones sobre el procedimiento de consulta a sindicalizados y constatar la mayoría

Luisa María Alcalde en sus oficinas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
 Luisa María Alcalde en sus oficinas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).  (Foto: Notimex)

La STPS publicó en el DOF del 4 de septiembre de 2019 el acuerdo por el que fija al Titular de la Unidad de Enlace para la Reforma al Sistema de Justicia Laboral (UERSJL) de la dependencia referida, diversas atribuciones vinculadas con la operación del protocolo para la legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) existentes, mismo que estará vigente desde el 5 de septiembre de 2019.

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Entre las funciones delegadas a la UERSJL destacan, las siguientes:

  • requerir a los patrones; las autoridades o instancias pertinentes la información necesaria para verificar que los datos contenidos en el listado de subordinados con derecho a votar sean completos y veraces
  • solicitar a la Unidad de Trabajo Digno la intervención de un inspector del trabajo en la verificación del procedimiento de legitimación de los CCT existentes, si los sindicatos piden la participación de STPS en la consulta o los que impliquen la intervención de un fedatario público y sin solicitud previa de un gremio promovente, pero se considere pertinente dicha comprobación
  • declara la nulidad del mecanismo de consulta por inconsistencias entre los datos y los hechos del procedimiento de consulta
  • emitir la constancia de legitimación correspondiente, y
  • requerir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje que exhorten a los gremios cuyos CCT estén depositados en sus registros, para que sigan el mecanismo de legitimación