Nueva organización de la STPS

La dependencia emitió los acuerdos que adscriben orgánicamente sus oficinas y que delimitan el territorio de las áreas de representación federal

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 .  (Foto: iStock)

La STPS dio a conocer en el DOF del 19 de septiembre de 2019 dos acuerdos por los cuales adscribe orgánicamente sus unidades administrativas y se determina la circunscripción territorial de las Direcciones de Coordinación Regional, oficinas de representación federal y las unidades subalternas de la dependencia, respecto de estas últimas se delegan facultades.

Las publicaciones iniciarán su vigencia el 20 de septiembre de 2019, dejando sin efectos las que se hubiesen difundo en el DOF.

De los acuerdos resaltan los puntos siguientes:

Adscripción de oficinas

Las oficinas pertenecerán a la oficina del titular de la STPS, las subsecretarías y unidades, de la siguiente forma:

  • al titular de la Secretaría: las subsecretarías del Trabajo y de Empleo y Productividad Laboral; las unidades de Administración y Finanzas y de Política Laboral y Relaciones Institucionales, y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Investigación y Estadísticas del Trabajo
  • a la Subsecretaría del Trabajo: las unidades de Funcionarios Conciliadores y de Trabajo Digno, así como las direcciones generales de Concertación y Capacitación Laboral y de Registro de Asociaciones
  • a la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral: las unidades del Servicio Nacional de Empleo y del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, y
  • a la Unidad de Administración y Finanzas: las direcciones generales de Programación y Presupuesto; de Recursos Humanos; de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Tecnologías de la Información

Circunscripción de oficinas de representación federal del trabajo

El acuerdo fija que la STPS contará con seis Direcciones de Coordinaciones Regionales organizadas en dos zonas norte; dos centro, y dos sur, en las cuales se distribuyen las entidades federativas.

Las ORFT contarán con unidades subalternas que dependerán de las oficinas de representación, a las cuales se les atribuyen funciones relacionadas con las visitas de inspección y la determinación de plazos de cumplimiento a cargo de los patrones inspeccionado, en diversos ámbitos.

Las ORFT iniciarán sus funciones a partir del 20 de septiembre de 2019, por lo que para todos los efectos legales y administrativos sus domicilios serán las mismas de las antiguas Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas Federales del Trabajo.

El acuerdo señala que los centros de trabajo que pertenezcan a empresas que tengan su domicilio fiscal fuera de la circunscripción territorial de la ORFT en los que estén ubicados y sean objeto de un procedimiento administrativo sancionador, pueden optar por solicitar la instauración y sustanciación de tal proceso en la oficina en donde radique el establecimiento o la remisión de las actuaciones respectivas a la ORFT del domicilio fiscal de la compañía.

Si los patrones no lo requieren dentro del acta de inspección o por escrito dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha de la visita, se entenderán que aceptan la sustanciación del procedimiento en la ORFT del lugar en el cual esté el establecimiento inspeccionado.