CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO FIJO Y PARA OBRA DETERMINADA. CUANDO NO SURTE EFECTOS COMO TAL. Si un contrato de trabajo contiene la expresión de ser a tiempo fijo y para obra determinada, pero no expresa con claridad cuál es esa obra, sino que emplea expresiones vagas e imprecisas, es obvio que por falta de objeto resulta ineficaz para surtir sus efectos jurídicos, debiendo, por ende, conceptuarse al contrato de trabajo como celebrado sin esa modalidad.
TRIBUNAL COLEGIADO SUPERNUMERARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Amparo directo 65/77. Vaciados Industriales, S.A. 28 de octubre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Pérez González. Secretario: Fernando Lúndez Vargas.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE TRABAJO CON EXPRESIÓN DE SER A TIEMPO FIJO Y PARA OBRA DETERMINADA. CUANDO NO SURTE EFECTOS COMO TAL.".
Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 103-108, Sexta Parte, p. 70, Materia Laboral, Tesis Aislada, Registro 252,712,