Profedet defenderá a trabajadoras en casos de acoso sexual

El organismo de la STPS atenderá y dará seguimiento a las denuncias de algún tipo de violencia en el trabajo, como acoso sexual o laboral

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 .  (Foto: iStock)

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) pondrá en marcha un protocolo especial para atender los casos de violencia laboral, acoso y hostigamiento sexual que sean denunciados por trabajadores ante esta instancia. La dependencia no contaba con una herramienta de acompañamiento a las víctimas especializada.

“Nos dimos cuenta que efectivamente, no sabemos qué hacer. A veces llegan 50 personas y las estamos atendiendo respecto a su situación laboral o de seguridad social y no nos percatamos que hay cuestiones que debemos atender con mayor cuidado”, reconoció Carolina Ortiz Porras, titular de la Profedet.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitió un protocolo para la Profedet en materia de atención y acompañamiento en casos de violencia laboral, acoso u hostigamiento sexual. El objetivo de esta herramienta, acotó Ortiz Porras, es detallar el procedimiento para atender a las personas cuando se identifiquen estos casos, con el fin de ofrecer un servicio más especializado.

“Tenemos este protocolo para hacerlo sentir en casa y que nos ayude a distinguir cuándo no es laboral y en lugar de decir no somos competentes, decir a dónde puede ir, la voy a acompañar, voy a dar el seguimiento, voy a ver qué pasó con este caso, no dejar sólo al ciudadano y ciudadana”, dijo la procuradora federal de la Defensa del Trabajo.

¿Qué hará la Profedet?

En primera instancia, el personal de la Profedet identificará de qué tipo de caso se trata: hostigamiento sexual (cuando es de un nivel jerárquico superior), acoso sexual (cuando es entre pares) o violencia laboral (si el caso no tiene connotación sexual. Por ejemplo, humillaciones o burlas).

El personal de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo deberá estar atento desde el primer contacto si existe un hecho de violencia en el trabajo.

“Una vez detectado un probable caso de hostigamiento o acoso sexual o laboral, el personal de la Profedet deberá canalizar a la persona usuaria a la asesoría especializada correspondiente, priorizando el diálogo en un lugar privado que permita una conversación basada en un ambiente seguro y de confianza, evitando con ello la revictimización”, se establece en el protocolo.

Posteriormente, se realizará una entrevista con la víctima para conocer los detalles de los hechos y recabar la información necesaria para el análisis del caso.

“El personal de la Profedet deberá prestar atención a lo argumentado por la persona usuaria, a fin de determinar si en efecto existe la posibilidad de encontrase frente a un posible caso de hostigamiento o acoso sexual o laboral”, se especifica.

Una vez identificado el tipo de violencia en la asesoría, el personal de la Profedet deberá canalizar a las víctimas mediante oficio a las instancias penales, civiles o administrativas (si hay servidores públicos involucrados) correspondientes a la naturaleza del caso, donde la dependencia no tenga facultades para intervenir.

“Se deberá hacer del conocimiento de la persona usuaria que, de ser su voluntad e independientemente de los servicios ofrecidos por la Profedet, esta instancia puede canalizarla con la autoridad competente”, se destaca en la guía.

El papel de la mediación

La mediación será el instrumento para solucionar el conflicto, únicamente en la materia laboral y adicional a lo que hagan las instancias penales, civiles o administrativas.

“El personal de la Profedet que impulse la mediación deberá realizar el citatorio correspondiente hacia él o la patrona, invitándole a omitir cualquier conducta que afecte la integridad de la persona afectada, haciéndole saber sobre las consecuencias en las que podría incurrir si continúa con las conductas descritas en la asesoría”, se puntualiza en el protocolo.

Para evitar la revictimización, se omitirá la participación del presunto agresor en este proceso, favoreciendo la intervención del patrón o las áreas de administración de personal.

Conciliación y representación legal

En caso de que la víctima quiera agotar la instancia conciliatoria, ya sea porque no hubo arreglo en la mediación o por decisión propia, la Profedet brindará acompañamiento durante este proceso.

Si el caso trasciende a un tribunal laboral, la Profedet estará facultada para representar legalmente al trabajador afectado.

De esta manera, el Protocolo establece los pasos a seguir para otorgar una atención integral y adecuada a los usuarios que se encuentren en dicha situación, y establece las siguientes etapas:

  1. Primer contacto (para detectar),
  2. Asesoría (que inicia con una entrevista a cargo de personal especializado y con un formato de preguntas básicas)
  3. Canalización y Seguimiento (la Profedet solicitará a la autoridad receptora un informe sobre las atenciones brindadas a la persona usuaria remitida).

En caso de que una trabajadora o trabajador se encuentre ante un caso de hostigamiento y acoso sexual o violencia laboral puede consultar el sitio oficial de la Profedet. Los números de teléfono son 018009117877 y 018007172942, que están activos en todo el país.

La institución también puede ser contactada por correo electrónico; la dirección es orientacionprofedet@stps.gob.mx. También es posible conocer información y contactar a la Profedet a través de su cuenta oficial de Twitter: @PROFEDET.

Con información de Factor Capital Humano