¿Cuándo procede el salario doble por Día Festivo?

El pago del salario doble contemplado en el artículo 75 de la LFT corresponde a los trabajadores que iniciaron su jornada dentro del día festivo

Somos una fábrica que tiene tres turnos, el de las 06:00 a las 14:00 horas; el de las 14:00 a las 23:00 horas, y el de las 23:00 a las 06:00 horas. Si el pasado 16 de marzo fue día de descanso obligatorio, a qué trabajadores le corresponde pagarles el salario doble o debemos cubrirles proporcionalmente al número de horas que laboraron en el día festivo

El pago del salario doble contemplado en el artículo 75 de la LFT corresponde a los trabajadores que iniciaron su jornada dentro del día festivo; en este caso, a los que iniciaron su jornada a las 06:00 horas y a las 14:00 horas.

Los subordinados que comenzaron su jornada laboral el 15 de marzo a las 23:00 horas, se les debe pagar su salario ordinario, aun cuando esta haya concluido el 16 de marzo, debido a que el pago se determina considerando el comienzo de la misma y  no cuando termina, pues cubrieron la jornada del 15 de marzo precisamente.

Por lo anterior, no tienen porqué cubrirles a estos trabajadores un pago proporcional del salario doble por las horas trabajadas dentro del día de descanso obligatorio.