Por qué todos hablan de la segunda etapa de la NOM 035

La nueva disposición aplica en todos los centros de trabajo del país, con obligaciones diferenciadas por el número de trabajadores en cada uno de ellos

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 .  (Foto: iStock)
Este 23 de octubre entró en vigor la segunda etapa de la Norma Oficial Mexicana 035, que 

analiza los factores de riesgo psicosocial en el entorno laboral y evalúa las condiciones en la que se desarrollan las actividades.

La Norma contiene Guías de referencia que describen la forma en que pueden desarrollarse algunas obligaciones por el propio centro de trabajo y dar cumplimiento con las mismas, la norma puede consultarse en el siguiente enlace

La nueva disposición aplica en todos los centros de trabajo del país, con obligaciones diferenciadas por el número de trabajadores en cada uno de ellos: donde laboran hasta 15 trabajadores, entre 16 y hasta 50 empleados y donde trabajan más de 50 personas, esta segunda etapa, no aplica para centros de trabajo de hasta 15 trabajadores.

La primera etapa de implementación entró en vigor el 23 de octubre de 2019.

Los factores considerados como factores de riesgo psicosocial, y que de acuerdo con la norma se deben identificar y analizar son:

  • las condiciones en el ambiente de trabajo.
  • las cargas de trabajo.
  • las falta de control sobre el trabajo.
  • las jornadas de trabajo y rotación de turnos. que excedan los establecido por la LFT.
  • la interferencia en la relación trabajo-familia.
  • el liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo.

Si deseas conocer más sobre el tema, en nuestro artículo "¡Por fin NOM-035 en plena vigencia!" detallamos más información.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que no valida, certifica, aprueba o autoriza a ningún consultor para la aplicación de la NOM-035-STPS-2018, y lo que el empleador debe conocer muy bien son las obligaciones, que aplican  según el tamaño del centro de trabajo.