STPS e IMSS anuncian días inhábiles

Estos son los periodos para dichas entidades en los que no correrán términos y plazos

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 .  (Foto: iStock)

STPS

La Secretaría dio a conocer en el DOF del 17 de diciembre, los días de 2021 en los que sus unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados suspenderán labores y por ello se considerarán inhábiles para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos administrativos que se tramiten ante dicha dependencia, por lo que no correrán plazos ni vencerán términos legales.

Además de los sábados y domingos, son inhábiles los siguientes:

  • 1o. de enero
  • 1o. de febrero
  • 15 de marzo
  • 1o. y 2 de abril
  • 5 y 10 de mayo
  • 25 de junio (únicamente personal de base)
  • 16 de septiembre, y
  • 2 y 15 de noviembre

Cabe señalar, que en el listado anterior no se prevé el 25 de diciembre de 2021; sin embargo, para ese año será en sábado, por lo que ya se considera como inhábil.

  Asimismo, en el acuerdo se precisa lo siguiente:

  • en ningún caso, se afectarán los programas a cargo de la STPS, por lo que funcionarán normalmente en términos de las reglas de operación correspondientes
  • respecto al personal de mando y enlace, corresponde a los titulares de las unidades administrativas, otorgar discrecionalmente la salida anticipada a partir de las 14:00 horas, en las siguientes fechas: 31 de marzo, 25 de junio, 15 de septiembre, 1o. de noviembre, 24 de diciembre y 31 de diciembre del 2021
  • la atención al público para el trámite de solicitudes de acceso a la información y de recursos de revisión se sujetará al calendario de suspensión de labores que determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

IMSS

El Instituto dio a conocer en el DOF del 18 de diciembre de 2020 el acuerdo ACDO.SA2.HCT.141220/333.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión permanente, en reunión de libros, de 14 de diciembre de 2020, en donde se autoriza, en el ámbito de la competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, declarar como inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos el lapso comprendido del 17 de diciembre de 2020 al 6 de enero de 2021, periodo durante el cual no correrán los plazos ni término alguno.

Tales procedimientos administrativos son:

recepción de documentos e informes

  • trámites
  • actuaciones
  • diligencias
  • inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos
  • notificaciones
  • citatorios
  • emplazamientos
  • requerimientos
  • solicitudes de informes o documentos
  • medios de impugnación, y
  • cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a los órganos normativos, de operación administrativa desconcentrada y operativos del Seguro Social