Aclaración de competencia de Juntas Especiales de la JFCA

La STPS rectifica la competencia territorial de las Juntas Especiales

.
 .  (Foto: iStock)


La STPS dio a conocer en el DOF del 4 de febrero de 2021, el acuerdo por el que se aclara la modificación de la competencia por razón del territorio de algunas Juntas Especiales de Conciliación y Arbitraje (JECA), pertenecientes a la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA).

LEE: NOTIFICACIONES EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL

Si bien, el pasado 21 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo por el que se modificaban la competencia territorial de las JECA, la STPS precisa las siguientes circunscripciones:

  • JECA 39, con residencia en el estado de Tamaulipas, ciudad de Tampico, excluye de su competencia territorial a los municipios de Ciudad Valles, Ébano y Tamuín, del estado de San Luis Potosí
  • JECA 30, del Estado de Michoacán, con domicilio en ciudad de Morelia, conocerá de los asuntos laborales del municipio de Zitácuaro del estado de Michoacán, y
  • JECA 17, ubicada en el Estado de Jalisco en la ciudad de Guadalajara, tendrá competencia de los procedimientos laborales de los municipios de Huejúcar y Huejiquilla el Alto del estado de Jalisco

 Dicha determinación deriva de que los conflictos laborales entre patrones y trabajadores, que surjan en alguna de las ocho entidades federativas donde inició el nuevo sistema de justicia laboral, los conocerán el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) y los Tribunales Laborales Federales.

Por ello, se recomienda revisar la competencia territorial de la JECA en donde se haya promovido alguna demanda laboral, a fin de verificar si le compete o no conocer de dicho asunto.