Nuevos lineamientos del Cefecorel para la conciliación remota y colectiva

El Centro de Conciliación publicó en el DOF las reglas para la avenencia virtual y para las negociaciones entre sindicatos y patrones

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 .  (Foto: iStock)

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) dio a conocer en el DOF de este 3 de diciembre de 2021, los extractos y los links para consultar los acuerdos relativos a la conciliación individual vía remota y la conciliación colectiva.

En seguida se da a conocer lo más relevante de dichos documentos.

Conciliación individual vía remota

El Acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para el Procedimiento de Conciliación Prejudicial Individual vía Remota, establece:

  • los requisitos de la solicitud de conciliación prejudicial remota
  • el trámite de notificación al patrón para la conciliación electrónica
  • el desarrollo de la audiencia de conciliación a través de la Aplicación de Microsoft Teams, y
  • la posibilidad de utilizar la e-firmaemitida por el SAT para firmar el convenio de conciliación

Conciliación colectiva

El Acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para la Conciliación Colectiva, contiene las bases, los criterios y las condiciones a observar y aplicar el personal adscrito a la Coordinación General de Conciliación del Cefecorel.

La conciliación colectiva busca garantizar el diálogo social y el respeto al principio de bilateralidad en las negociaciones colectivas, la mejora de las condiciones laborales en beneficio de las partes y establecer los mecanismos para dar una oportuna atención a los asuntos de naturaleza colectiva, en los que no exista un conflicto, pero se requiera la intervención del Centro Laboral.

Este tipo de conciliación deberá estarse a lo siguiente:

  • la solicitud de conciliación colectiva se realizará a través del Sistema Nacional de Conciliación Laboral (SINACOL)en la dirección electrónica https://conciliacion.centrolaboral.gob.mx/asesoria/inicio, y también de manera presencial
  • la notificación podrá ser mediante correo electrónico o por citatorio entregado con auxilio del solicitante o por el personal del Cefecorel
  • las pláticas conciliatorias pueden desarrollarse bajo las modalidades:  itinerante de conciliación; presencial de conciliación; mixta de conciliación y por videoconferencia, y
  • el convenio constará por escrito y contendrá los acuerdos que se hubiesen alcanzado, las facultades de quienes lo suscriben, así como la fecha en que el mismo surtirá sus efectos

En el acuerdo en comento, se prevé una sustitución patronal, para lo cual las partes bajo protesta de decir verdad deberán manifestar que se encuentran al corriente de las obligaciones de pago de prestaciones, impuestos, contribuciones y pago de cuotas obrero-patronales.

Los acuerdos descritos entrarán en vigor el 4 de diciembre de 2021.

Si desea conocer más detalles de dicha publicación, consulte nuestro Infoflash # 3242 Lineamientos para el procedimiento de conciliación remota y colectiva.