Tope de PTU genera reparto desigual

La aplicación del nuevo límite máximo de PTU genera que no se entregue conforme a los aportado a la empresa por cada trabajador

Este año la entrega de la participación en las utilidades de las empresas (PTU) tomó especial relevancia derivado del nuevo tope legal a aplicar sobre el monto a pagar.

CONSULTE NUESTRO ESPECIAL PTU Y SUS NUEVAS REGLAS  

Se entiende que una vez individualizada la cantidad a repartir de cada colaborador, si rebasa los tres meses de su salario o el promedio obtenido de PTU en los últimos tres años, entonces aplicará el límite que más le favorezca (art. 127, fracc. VIII, LFT).

Desde nuestro punto de vista, esto provoca que no exista relación entre  el tiempo de servicio prestado y el monto a recibir por esta prestación.

Ello es así, porque en la práctica, los empresarios se han enfrentado que al determinar la PTU a sus colaboradores, en ocasiones quienes laboraron todo el año y los que solo una parte de este, recibirán la misma cantidad. Para mayor comprensión de esta situación, se plantea el siguiente ejemplo:

  • dos empleados (A y B) perciben mensualmente $ 10,000.00 cada uno, por lo que el tope de los tres meses es de $ 30,000.00
  • el trabajador A tiene una antigüedad de cuatro años y el promedio de la PTU pagada en los últimos tres años fue de $ 20,000.00
  • el colaborador B que ingresó a laborar a la empresa el 1o. de mayo de 2021, le resulta como único tope aplicable para PTU el de tres meses de salario
  • la Comisión Mixta del Reparto de Utilidades calculó en el proyecto de reparto, antes de la aplicación del tope de la fracción VIII de la LFT. los siguientes montos, empleado:
    • A: $ 50,000.00, y
    • B: $ 35,000.00

Como se aprecia, en ambos trabajadores las cantidades del proyecto exceden del tope de los tres meses, y en caso del trabajador A de los 20,000.00 del tope del promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, por lo que a los dos colaboradores se les pagará $ 30,000.00 por concepto de PTU.

Como se observa aunque el colaborador “A” laboró todo el ejercicio 2021, percibirá la misma cantidad que aquel que no trabajó todo el año (“B”).

De ahí que la reciente adición a la mecánica del reparto, rompe los principios de proprocionalidad y justicia social que caracterizan al ámbito laboral —compartir a los empleados la riqueza de la empresa, que ayudaron a obtener—.