Infonacot crea su Unidad y Comité de Transparencia

La Unidad se encargará de transparentar y permitir el acceso a la información y proteger los datos personales que obren en poder del Infonacot

Se dio a conocer en el DOF del 19 de mayo de 2022, el Acuerdo por el que se establecen la Unidad de Transparencia y el Comité de Transparencia del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot), a fin de cumplir con sus obligaciones en ese ámbito, mismo que entra en vigor el 20 de mayo de ese año.

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Dicho Instituto es considerado como sujeto obligado a proveer información, por lo que debe transparentar y permitir el acceso a la misma, y proteger los datos personales que obren en su poder, de ahí la creación de su Unidad de Transparencia, la cual estará a cargo del abogado general del Infonacot (art. 23, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública –LGTAIP–).

Por su parte, el Comité de Transparecia será quien coordine y supervise las acciones del Infonacot, encaminadas a proporcionar la información que los particulares le requieran y para determinar su clasificación (arts. 24, fracc. I y 43, LGTAIP).

En ese sentido, los interesados en pedir información pública deberán presentar una solicitud por sí o a través de su representante ante la Unidad de Transparencia del Infonacot, quien en la generación, publicación y entrega de la información deberá garantizar que esta sea accesible, confiable, verificable, veraz y oportuna (art. 121, LGTAIP).

Los medios autorizados para realizar la petición son la Plataforma Nacional de Transparencia, las oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, o verbalmente (art. 122, LGTAIP).