SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO, OBLIGACION DE LOS PATRONES DE PERMITIR A SUS TRABAJADORES LA ASISTENCIA AL. La finalidad del servicio militar obligatorio es de orden social y de interés público, así, las disposiciones de la ley que lo crearon, deben estimarse derogatorias de cualquier disposición contractual, en el sentido de que los patrones se encuentran obligados a permitir a sus trabajadores la asistencia a ese servicio y a las oficinas donde dependen, obligación que no puede eludirse, cualesquiera que sean las disposiciones contractuales que rigen la relación obrero patronal, porque de todas maneras esas estipulaciones no son otra cosa que manifestaciones de voluntad más o menos regladas que no pueden interferir la aplicación de las disposiciones legales.
Amparo directo en materia de trabajo 8601/48. Embotelladora del Centro, S. de R. L. de C. V. 27 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente Luis Díaz Infante. Relator Hermilo López Sánchez.
Registro digital: 368502