Validez de otorgar capacitación con personal propio

Se recomienda que los colaboradores acrediten sus conocimientos y habilidades mediante documentos oficiales

Capacitamos a nuestro personal a través de los colaboradores que tienen más experiencia y conocimientos sobre las diversas tareas que se realizan en la empresa; no obstante, el nuevo gerente de recursos humanos nos indica que eso no es posible, ya que la formación la debe brindar un agente externo autorizado por la STPS. Qué nos pueden comentar sobre el particular

Los patrones pueden convenir con sus empleados que la capacitación sea proporcionada por conducto de personal propio, instructores contratados para ese propósito, instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien mediante la adhesión a los sistemas generales que establezca la STPS (art. 153-A, LFT).

Por tal motivo, no existe impedimento jurídico para que la capacitación la sigan brindando en los términos referidos en su consulta, esto es, por agentes capacitadores internos —quienes no requieren registro ante la STPS— (arts. 10, penúltimo párrafo y 21 del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los colaboradores –Acuerdo–).

Para reforzar que los empleados cuentan con los conocimientos para impartir los cursos programados en sus planes de capacitación y adiestramiento, es recomendable que aquellos acrediten que tienen los conocimientos y habilidades necesarias, mediante documentos oficiales. Por ejemplo, títulos de grados y posgrados académicos o los formatos DC-3 “Constancia de competencias o de habilidades laborales”.

Por otro lado, actualmente se encuentra en operación el “Programa Formación de Agentes Multiplicadores”, el cual es un apoyo técnico-metodológico y gratuito, para que los agentes capacitadores internos proporcionen a sus compañeros la capacitación en los centros de trabajo donde laboran, en función de las necesidades de estos, a fin de mejorar o actualizar sus competencias laborales (art. 30, Acuerdo).

La adhesión a este programa les ayudará a mejorar la elaboración de sus planes y programas de capacitación, y a que sus empleados estén mejor preparados para compartir sus conocimientos a sus compañeros, pues les imparten tres cursos claves, a saber: formación de instructores, detección de necesidades de capacitación y elaboración de manuales de capacitación.

Estos cursos se brindan en dos formas:

  • abierta. En formato virtual o presencial y semipresencial en las instalaciones de la STPS, a solicitud del trabajador interesado, o
  • cerrada. Solo para el personal de una empresa en particular, debiendo integrar el empleador un grupo mínimo de 15 colaboradores