Este año queremos otorgarles a nuestros trabajadores una canasta navideña como agradecimiento por el esfuerzo que realizaron durante toda la pandemia y así eviten desembolsar parte de su salario para sus fiestas decembrinas; sin embargo, dudamos si al hacerlo en esta ocasión, podrían reclamarla el siguiente año. ¿Nos pueden auxiliar?
Si la empresa desea concederles a los colaboradores una cesta de regalos como recompensa por el apoyo recibido durante la contingencia, es indispensable que al entregarla se les haga de su conocimiento que es única y exclusivamente por este 2022.
Por lo que se recomienda que al entregar dicha canasta, los subalternos firmen un documento de recibido y en él reconozcan y acepten que es “por única ocasión”, a fin de evitar que se considere como un derecho adquirido y se reclame en el futuro.
Por otra parte, como la canasta navideña no tiene por objeto retribuir el trabajo de sus empleados, sino su lealtad y mejorar su calidad de vida al evitarles el desembolso de cierta cantidad de su ingreso para la adquisición de su cena de navidad o de fin de año, aquella no forma parte de la base salarial de sus subordinados, pues no se considera retributiva (art. 27, primer párrafo, LSS).