Fue publicado la versión vespertina del DOF del 27 de diciembre de 2022, el Decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, el cual entrará en vigor el 1o. de enero de 2023.
A partir del 1o. de enero de 2023, los trabajadores tendrán 12 días de vacaciones, los cuales aumentarán cada año dos días hasta llegar a 20 y después del sexto año dos más por cada cinco laborados, tal y como se muestra a continuación:
Años laborados | Días de vacaciones |
1 | 12 |
2 | 14 |
3 | 16 |
4 | 18 |
5 | 20 |
6 a 10 | 22 |
11 a 15 | 24 |
16 a 20 | 26 |
21 a 25 | 28 |
26 a 30 | 30 |
Por otro lado, se precisa que los empleados tendrán derecho por lo menos 12 días laborables consecutivos; pero, podrán distribuirlos en la forma y tiempo que así lo requieran