Para qué sirven las medidas cautelares en un juicio laboral

Con el fin de evitar un daño irreparable, es que se dictan algunas providencias durante el juicio laboral

Durante el desahogo de un juicio es posible que el juzgador emita una serie de prevenciones que permitan lograr en un futuro la efectividad de su resolución o, en su caso, tutelar los derechos de los demandantes.

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La jurisprudencia de título: MEDIDAS CAUTELARES O PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS. CONSTITUYEN INSTRUMENTOS ESENCIALES QUE SALVAGUARDAN EL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA JUSTICIA, A FIN DE QUE ESTA SEA PLENA Y EFECTIVA, Registro digital: 2025156, precisa que las providencias precautorias son los instrumentos que puede decretar la autoridad judicial, a solicitud de las partes –o en algunos casos de oficio–, para conservar la materia del litigio, así como para evitar un grave e irreparable daño a los accionantes o a la sociedad, con motivo de la tramitación de un proceso; es decir, se decretan para evitar que se haga inútil la sentencia de fondo y que esta tenga eficacia práctica.

En material laboral, el secretario instructor del Tribunal Laboral de que se trate puede, a petición de parte, decretar las siguientes medidas por las razones que se expresan:

  • prohibir la salida del patrón del territorio nacional o de una población determinada, cuando exista temor de que se ausente o se oculte
  • embargar precautoriamente, al ser necesario asegurar los bienes de una persona, empresa o establecimiento
  • requerir al empleador que no efectúe la baja del IMSS a la trabajadora embarazada que haya sido despedida, porque existan indicios suficientes para presumir que se le separó debido a su estado; dicha medida se aplicará siempre y cuando se acompañe a la demanda el certificado médico que lo acredite, y
  • en los casos que se reclame discriminación en el empleo por embarazo, orientación sexual o por identidad de género, así como en los casos de trabajo infantil, se podrán tomar las providencias necesarias para evitar que se cancele el goce de derechos fundamentales, tales como la seguridad social, en tanto se resuelve el juicio laboral, o bien decretará las medidas de aseguramiento para las personas que así lo ameriten. Para tales efectos, se debe acreditar la existencia de la manifestación razonable de sospecha, apariencia o presunción de los actos de discriminación