Procedimiento para el reparto de utilidades

Los trabajadores no pueden externar a terceros extraños los datos contenidos en la declaración y sus anexos

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 .  (Foto: IDC)

ENTREGA DE LA DECLARACIÓN DE ISR A LOS COLABORADORES

Los empresarios deben proporcionar la declaración anual del impuesto a los empleados, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de su presentación al SAT, la cual se acompaña del acuse de recibo electrónico emitido por dicha dependencia (arts. 121, fracc. I, LFT; y 9o., Reglamento de los artículos 121 y 122 de la LFT).

Se recomienda que en la entrega se levante un acta circunstanciada por medio de la cual se desprenda que el patrón entregó la declaración a sus colaboradores dentro del periodo señalado, a fin de acreditar tal obligación.

Los trabajadores no pueden externar a terceros extraños los datos contenidos en la declaración y sus anexos (art. 121, fracc. I y último párrafo, LFT).

INSTAURACIÓN DE LA COMISIÓN PARA EL REPARTO

Para realizar el proyecto de reparto se debe crear una Comisión Mixta para el Reparto de Utilidades (CMRU), la cual debe contar con igual número de representantes de los trabajadores —no pueden ser empleados de confianza— y de los patrones, dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha en que la empresa entregue la copia de la declaración anual presentada ante el SAT a los subordinados (arts. 121, fracc. I; 125, fracc. I; 132, fracc. XXVIII y 183, LFT).

Cumplir con lo anterior ayudará a que el empresario conozca cuándo empieza a correr el término del año de prescripción previsto en el numeral 516 de la LFT, porque la PTU es exigible hasta en tanto la participación individual de cada trabajador se fije en cantidad líquida y que dicha determinación sea notificada fehacientemente a los colaboradores.

Esto se sustenta con la jurisprudencia de título: REPARTO DE UTILIDADES. MOMENTO A PARTIR DEL CUAL INICIA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE UN AÑO, PARA QUE OPERE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA EXIGIRLO, Registro digital: 190358.

En consecuencia, la prescripción del año para el reclamo de PTU no comenzará a correr mientras no se efectúe el procedimiento referido en la LFT y se notifique fehacientemente a los trabajadores la resolución respectiva.

La relevancia de conformar la CMRU es porque en términos del artículo 125 de la LFT, esta se encarga de:

  • establecer las reglas para llevar a cabo el reparto
  • realizar el proyecto de individualización de las utilidades, con base en los datos que el patrón le proporciona, como puede ser: las nóminas, las listas de raya y asistencia de todo el personal; las constancias de incapacidades y permisos otorgados; las relaciones de los trabajadores de confianza y sus funciones, así como la de los exsubordinados y el importe de las utilidades de ejercicios anteriores no reclamadas
  • colocar el proyecto de reparto en los lugares visibles de los establecimientos de la empresa para conocimiento de todos los subalternos
  • notificar a todos los trabajadores sobre el derecho que tienen para inconformarse con el proyecto de reparto calculado por la comisión
  • resolver tales inconformidades en un término de 15 días naturales, y
  • vigilar que el pago de las utilidades se realice en los términos legales

También es preciso considerar que en la práctica la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo de la STPS, les solicita a los empleadores objeto de inspección, el acta de constitución de la comisión referida, se hubiesen o no generado utilidades, por lo que se sugiere que en caso de no haberla conformado se le manifieste al inspector laboral que no se elaboró el acta respectiva, al no existir utilidades a repartir, acreditando tal hecho con una copia de la declaración anual presentada al SAT, esto para evitar la imposición de alguna sanción.

LEER: Conozca cómo deben elegir los trabajadores a sus representantes

INCONFORMIDADES SOBRE EL PROYECTO DE INDIVIDUALIZACIÓN DE PTU

Los subordinados pueden formular las observaciones que crean convenientes ante la CMRU de la empresa, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fijación del proyecto en un lugar visible. Esas objeciones deben resolverse en 15 días naturales, y de no estar conforme con la decisión emitida, podrán acudir ante el Tribunal Laboral competente a dirimir sus controversias (art. 125, fraccs. III y IV, LFT).

Esto se confirma con la jurisprudencia de rubro: REPARTO DE UTILIDADES. CONDENA AL PAGO DEL, Registro digital: 201852.