Las autoridades laborales tendrán su primer periodo vacacional del 2023, durante el cual no correrán términos ni plazos legales en los juicios laborales que conozcan, de acuerdo con lo que se describe a continuación:
Autoridad laboral
|
Días inhábiles por semana santa
|
Publicación
|
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
|
Del 16 al 31 de julio
|
Boletines de fechas 12 de diciembre de 2022 y 11 de julio de 2023
|
Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX
|
Del 17 al 28 de julio
|
Boletín laboral del 25 de diciembre de 2022
|
Tribunales Laborales Federales
|
Del 16 al 31 de julio
|
Arts. 75, 139 y 143, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
|
Tribunales Laborales de la CDMX
|
Del 17 de julio al 1o. de agosto
|
Boletín del poder judicial de la CDMX del 4 y 7 de noviembre de 2022
|
Tribunales Laborales del Estado de México
|
Del 17 al 28 de julio
|
Circular 89/2022 del Consejo de la Judicatura del Estado de México
|
LEER: VACACIONES DE VERANO DE LA AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO
Por su parte, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) no laborará del 17 al 28 de julio de 2023, salvo que el trámite por desahogar sea dentro de un procedimiento de huelga (art. 716, LFT).
Mientras tanto, el Centro Laboral de la CDMX, no han dado a conocer si contarán con un periodo vacacional en julio, por lo que se entiende que estarán brindando sus servicios normalmente.
Finalmente, por lo que hace al Centro de Conciliación del Estado de México, fue publicado un acuerdo en la gaceta oficial del 19 de julio, informando que se suspenden términos y plazos de los actos y procedimientos, del 22 al 30 de julio de 2023.