El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel), dentro del nuevo modelo de justicia laboral, es el encargado de llevar a cabo la conciliación prejudicial en los conflictos laborales de competencia federal.
Para comparecer ante esta autoridad administrativa, es necesario que los patrones acudan personalmente o por conducto de su representante, ya que de llegar a un convenio que ponga fin al conflicto, la persona que se presente a nombre de la empresa debe tener facultades suficientes para obligarse en su nombre (art. 684-E, fracc. VII, LFT).
Recientemente, el Cefecorel dio a conocer la plataforma Registro de Acreditación de Personalidad (RNPE), la cual solo está dirigida a las personas morales para que estas den de alta a sus representantes con el objetivo de agilizar el proceso de certificación de la personalidad jurídica del compareciente en las audiencias de conciliación individual.
Para que las empresas conozcan cómo pueden inscribir a sus apoderados en el RNPE, a continuación se efectúan algunos comentarios para determinar qué tipo de representantes se registran y los pasos a seguir para tales efectos.
Representación de la empresa
Las personas morales o jurídicas están constituidas por individuos o grupos que se forman para la realización de los fines colectivos y permanentes.
Estas agrupaciones son representadas por miembros del consejo o el administrador único, empleados o asesores legales externos, a quienes les otorgan atribuciones a través de instrumentos notariales.
La representación se define como la relación jurídica de origen legal, judicial o voluntaria, por la que se otorga la facultad a una persona para actuar, obligar y decidir en nombre o por cuenta de otra.
Para que esa representación surta efectos es necesario que se expida un poder, el cual se protocoliza ante una persona con fe pública, como lo es un notario.
Existen dos tipos de poderes:
- general: en este se delega el mayor número de potestades al representante para que pueda personificar al poderdante en prácticamente cualquier momento, y
- específico: como su nombre lo indica, son poderes que se confieren para desempeñar un acto en especial que se indicará al otorgarlo
Adicionalmente, existen distintas variantes de poderes notariales, tales como:
- poder general para pleitos y cobranzas: el apoderado podrá representar al poderdante en juicios y efectuar cobros
- poder general para actos de administración: para que el apoderado administre bienes e intereses del mandante
- poder general para actos de dominio: el apoderado podrá hipotecar, donar, comprar o vender bienes del poderdante
- poderes especiales: se otorgan para que el apoderado únicamente realice lo que de manera expresa se señala en el mandato y se anula automáticamente una vez que se cumple con lo encomendado
Es de precisar, que la instancia conciliatoria, se exige que el empleador asista personalmente o por conducto de su representante con facultades suficientes para obligarse a nombre de su poderdante, sin que sea necesario que este sea abogado, teniendo únicamente que confirmar su personalidad mediante testimonio notarial o carta poder otorgada ante dos testigos, previa comprobación de que quien le otorga el poder está legalmente autorizado para ello (arts. 684-E, fracc. VII y 692, fracc. III, LFT).
No obstante, no existe impedimento de que el representante legal de la empresa sea un licenciado en derecho o esté asistido por uno, por lo que podrá: ayudar en la toma de decisiones; verificar que los acuerdos sean conforme a derecho, y no generen un mayor contingente; y auxiliar en la redacción de las cláusulas en el convenio que se firme.
Además, se recomienda que a fin de no entorpecer la conciliación, la persona que acuda a nombre del empleador conozca el conflicto y tenga la capacidad de tomar decisiones económicas para poder lograr un arreglo eficaz con el colaborador.
¿Quiénes se registran en el RNPE?
En la plataforma del RNPE se pueden inscribir los representantes de las personas morales que tengan facultades suficientes para obligarse a nombre de su poderdante en materia laboral y eso se acredite a través de un poder notarial vigente.
En tal virtud, se entiende que se pueden inscribir a los apoderados de una sociedad mercantil o asociación civil, e incluso a aquellos pertenecientes a un sindicato.
Es importante señalar que en caso de acreditar la personalidad con una carta poder, esta no es factible de registro en la plataforma.
De igual forma, si un corredor público intervino como fedatario en la constitución de una sociedad mercantil, así como en la designación de sus representantes legales, esta no es sujeta de inscripción en el RNPE.
Caso práctico
A continuación se muestran los pasos a seguir para registrar a los representantes en el RNPE.
Generar cuenta
1. Ingresar al portal https://conciliacion.centrolaboral.gob.mx/renpe/login y en el menú de la parte inferior, dar clic en Registrase
2. Capturar la CURP del usuario y oprimir el ícono de “lupa”, para que aparezcan automáticamente los datos de la persona
Señalar un correo electrónico y crear una contraseña, la cual debe constar de ocho caracteres, incluyendo al menos una mayúscula, una minúscula, un número y un símbolo.
Confirmar la contraseña y apretar el CAPCHA en el botón No soy un robot para validar la operación. Para continuar, presionar Guardar
3. Se despliega una ventana en donde aparece la leyenda Usuario registrado con éxito. pulsar Aceptar, para redireccionarse a la página principal
Registro de acreditación de personalidad
1. Capturar el Usuario y la Contraseña, oprimir el botón No soy un robot, y presionar Ingresar
2. Pulsar el botón Iniciar registro
3. La plataforma muestra el tablero de Persona Moral, en el cual se deben completar los siguientes datos del patrón: RFC, razón social, tipo de razón social, rama industrial, objeto social, y el número telefónico de la empresa y uno adicional
Indicar el domicilio completo de la organización: tipo y nombre de la vialidad, número exterior e interior, en su caso, referencias, entre calles, CP y colonia. El municipio o alcaldía y el estado aparecen automáticamente.
Al llenar la dirección, se debe dar clic en BUSCAR UBICACIÓN y enseguida validar si la que aparece en el mapa es correcta. De ser así, apretar Guardar
Se le pregunta al usuario ¿Esta seguro de guardar y continuar al siguiente paso?; apretar la opción Guardar y continuar
Aparece un mensaje indicando que Se guardaron los datos de la razón social y Se guardaron los datos del domicilio. Dar clic en Aceptar
5. Inmediatamente se abre el apartado de Testimonio Notarial. Indicar los datos correspondientes a: nombre del notario, número de la notaría, entidad federativa, número de testimonio notarial, libro, fecha de expedición y vigencia (en caso de ser indefinida, oprimir en el recuadro respectivo)
6. Capturada la información, debe señalarse el tipo de poder y pulsar Selecciona el archivo para “subir” el poder en formato PDF no mayor a los 10 MB
Para “subir” el documento se debe pulsar en Cargar Archivo, y una vez que aparezca en el recuadro de Archivos cargados, oprimir Guardar
En la pregunta ¿Todos los datos son correctos?, elegir Guardar datos
El sistema indica que Se guardaron los datos del testimonio notarial; para continuar pulsar Aceptar
7. En el tablero de Representantes Legales se desprenden los datos de la empresa y del testimonio notarial manifestado.
Para registrar a un apoderado, apretar Registrar representante
En la pantalla aparece una ventana en la cual se debe capturar el CURP del representante que se desea registrar y al hacer clic en el ícono de la “lupa”, se completarán en automático los campos de nombre y apellidos
De ser los datos correctos, llenar los apartados de Número telefónico fijo y celular, correo electrónico, y seleccionar el recuadro de Acepto ser notificado por buzón electrónico al realizar este registro.
Hecho lo anterior, se debe adjuntar una identificación oficial en formato PDF o JPEG, y dar clic en Agregar Representante
8. En el tablero se muestra el apartado de las personas registradas, cuyos datos se pueden visualizar o eliminar.
Para seguir con el trámite, pulsar Continuar
En la pregunta: ¿Esta seguro que quiere continuar?, elegir Continuar
9. En la sección de Confirmación de Solicitud de Registro, se presenta la información que se capturó (Persona Moral, Testimonio Notarial y Representantes Legales), para que el interesado revise si es correcta o realice cambios.
De estar todo completado, oprimir el botón Confirmar solicitud de registro para finalizar el trámite
La plataforma señala que Al realizar la confirmación de la solicitud de registro ya no se podrán modificar los datos. Enseguida elegir Confirmar solicitud
10. Pulsar Aceptar al mensaje en el que se indica que la solicitud de registro se realizó exitosamente y el folio que se le asignó, el cual se puede consultar en el perfil del usuario
Asimismo, se señala que por medio del buzón electrónico se le notificará a la empresa la fecha, la hora y el lugar en la que se llevará a cabo el cotejo documental del testimonio notarial original con el “cargado” a la plataforma.
Además, se menciona que de encontrarse inconsistencias se le dará aviso a la empresa, mediante el buzón electrónico, para que las subsane en un término de tres días hábiles
Conclusión
El registro de representantes legales ha sido implementado en el poder judicial y ante el TFJA, lo que ha facilitado a los servidores públicos la tarea de verificación de la acreditación de la personalidad de los que comparecen a nombre de una persona moral.
Por ello, la plataforma del RNPE ayudará a que el apoderado del patrón acredite de forma sencilla su personalidad en la audiencia conciliación prejudicial, evitando el uso de papel y la generación de acervo documental en el Cefecorel.
Además, como se desprende del caso práctico, los pasos a seguir son fáciles y solo debe tenerse en formato PDF o JPGN el testimonio notarial y una identificación oficial del representante, lo que evitará gastos en la expedición de copias certificadas del poder, el cual se cotejará una sola ocasión al momento de realizar su registro.
Por último, se recomienda que al dar de alta a los representantes, se realice el de todos los señalados en el instrumento notarial, ya que del trámite no se desprende la posibilidad de adicionar personas una vez que concluyó.