¿Cómo cumplir con la NOM-037? Consejos para empresas y trabajadores
Detalló que la manera más puntual para lograr esto es por medio de la integración de tecnología en los procesos organizacionales
Laboral
La Norma Oficial Mexicana (NOM-037) referente al teletrabajo es un desafío para las empresas, pese a que la pandemia obligó a gran parte de las compañías a adoptar este esquema, actualmente estas han iniciado con el proceso de regreso a las oficinas y solo algunos continuarán desempeñando sus funciones de forma remota.
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) cerca de 13 millones de personas desarrollan sus actividades laborales vía remota, lo cual genera ahorros para las compañías por encima de los 86,000 pesos anuales por empleado, solo si se considera una modalidad de tres días de trabajo remoto.
El cofundador y director de finanzas de Mibi, Patricio Hernández Bishop, aseguró que el desafío para las organizaciones es idear la forma de cumplir con lo señalado por la ley, y al mismo tiempo, garantizar la productividad de los colaboradores.
En ese tenor, detalló que la manera más puntual para lograr esto es por medio de la integración de tecnología en los procesos organizacionales, así dichos recursos tecnológicos permitirán a las organizaciones verificar que la empresa y los colaboradores cumplan los compromisos establecidos.
“Se pueden establecer mecanismos de monitoreo de los mismos equipos de cómputo que se les asignen a los colaboradores que trabajen a distancia, lo cual se traduce en beneficios como la adaptabilidad al cambio, al tener esta modalidad es más sencillo continuar laborando a pesar de una contingencia como la pandemia y el aumento en la productividad, ya que permite a los colaboradores desempeñarse en un entorno familiar y así se obtienen mejores resultados y evitamos las complicaciones del traslado a una oficina física”, evidenció el directivo de Mibi.
Consejos para cumplir con la NOM 037
Con esta nueva normativa, se establecen responsabilidades que la empresa deberá cumplir, así como derechos y obligaciones para los colaboradores, entre los que destacan los siguientes:
Para la empresa
- Establecer claramente horarios y el derecho a la desconexión digital, así como la política de teletrabajo en la que se refleje la prevención de riesgos laborales, la perspectiva de género e igualdad de trato en cuanto a percepciones económicas, capacitación, formación y seguridad social.
- Tener una lista veraz y detallada de los colaboradores que desarrollan su jornada en teletrabajo o de manera híbrida e inscribirlos al régimen obligatorio de la seguridad social.
- Brindarles las herramientas y materiales necesarios y adecuados para el desarrollo de sus labores por medio del teletrabajo, como escritorio, silla, computadora e impresora, entre otros.
- Cubrir costos proporcionales de servicios inherentes al teletrabajo como conexión a internet, telefonía y electricidad.
- Ofrecer herramientas informativas para respaldar la seguridad de la información y datos.
- Si bien las empresas tienen derecho a verificar las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, ello no les permite visitar las casas o espacios laborales de los empleados
Para los colaboradores
- Resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico que en su caso les proporcione el patrón para realizar el teletrabajo.
- Atender las políticas y los mecanismos de protección de datos e información establecidos por el patrón en el desempeño de sus actividades como trabajador, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
- Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de teletrabajo y de capacitación que le proporcione el patrón, así como en las reuniones presenciales o virtuales organizadas para evitar el aislamiento social.
- Avisar al patrón y a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene de los riesgos de trabajo que sufra.