Despediremos injustificadamente a un vendedor que percibe comisiones, y desconocemos cómo debemos calcular su salario diario integrado (SDI) para cubrirle su indemnización constitucional. Nos pueden orientar
Los trabajadores relacionados con actividades de venta de bienes o servicios reciben un salario a comisión, determinado en una prima o un porcentaje del valor de lo vendido (art. 285, Ley Federal del Trabajo –LFT–).
De ahí que, para el cálculo del SDI del comisionista, objeto de su consulta, aplica la regla especial prevista en el numeral 289 de la LFT; esto es, el salario diario se compone del promedio que resulte de dividir las percepciones totales anuales o las que hubiese recibido durante el año, entre 365 días o aquellos efectivamente laborados.
No obstante, si el colaborador también tiene una percepción diaria fija, esta se le suma al promedio de las comisiones, para obtener el salario diario ordinario.
Posteriormente a esta cuota diaria, se le deben integrar las prestaciones en dinero y en especie que se le otorgan al colaborador, siendo las de ley, la prima vacacional y el aguinaldo (arts. 80, 84 y 89, LFT).
Lo anterior, conforme a la jurisprudencia de rubro: COMISIONISTAS. EL SALARIO BASE PARA CALCULAR LAS INDEMNIZACIONES CUANDO RESCINDEN JUSTIFICADAMENTE LA RELACIÓN LABORAL, ES EL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 289 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Registro digital 162416.
Para una mayor comprensión, enseguida se muestra un ejemplo para la determinación del SDI de un vendedor despedido injustificadamente el 15 de julio de 2024, quien inició su relación laboral el 1o. de enero de 2024, con prestaciones mínimas de ley, cuota fija de $ 300.00 diarios, y generó las comisiones que se describen en la siguiente tabla.
Mes |
Monto de las comisiones generadas |
Enero |
$ 10,000.00 |
Febrero |
8,000.00 |
Marzo |
12,000.00 |
Abril |
10,000.00 |
Mayo |
7,000.00 |
Junio |
7,000.00 |
Julio |
4,000.00 |
Total |
$ 58,0000 |
1. Cálculo del promedio de las percepciones en el último año
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Fórmula |
Sustitución |
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Total de las percepciones obtenidas en el año |
$ 58,000.00 |
Entre: |
Días laborados |
197 |
Igual: |
Cuota diaria promedio |
$ 294.42 |
2. Cálculo de cuota diaria
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Fórmula |
Sustitución |
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Cuota fija |
$ 300.00 |
Más: |
Cuota diaria promedio |
294.42 |
Igual: |
Salario diario |
$ 594.42 |
3. Determinación de la parte proporcional de aguinaldo
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Fórmula |
Sustitución |
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Salario diario del vendedor |
$ 594.41 |
Por: |
Días de aguinaldo |
15 |
Igual: |
Importe de aguinaldo anual |
$ 8,916.15 |
Entre: |
Días del año |
365 |
Igual: |
Proporción diaria de aguinaldo |
$ 24.42 |
4. Cálculo de la parte proporcional diaria de prima vacacional
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Fórmula |
Sustitución |
|
Días de vacaciones a que tiene derecho el trabajador |
12 |
Por: |
Salario diario del vendedor |
$ 594.41 |
Igual: |
Importe de vacaciones |
$ 7,132.92 |
Por: |
Porcentaje de prima vacacional pactada |
25 % |
Igual: |
Importe de prima vacacional |
$ 1,783.23 |
Entre: |
Días del año |
365 |
Igual: |
Proporción diaria de prima vacacional |
$ 4.89 |
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5. Determinación del SDI Base para el cálculo de indemnizaciones
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Fórmula |
Sustitución |
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Salario diario del vendedor |
$ 594.41 |
Más: |
Proporción diaria de aguinaldo |
24.42 |
Más: |
Proporción diaria de prima vacacional |
4.89 |
Igual: |
Salario diario integrado |
$ 623.72 |