¿Existe una limitante para el periodo vacacional?

Los trabajadores que cumplan un año de servicio tienen derecho a un periodo vacacional

Un trabajador cumplió 42 años de servicios en la empresa y nos preguntamos si por la antigüedad que tiene se le topan los días de descanso correspondientes a su periodo vacacional. Nos pueden orientar

Según el numeral 76 de la Ley Federal del Trabajo —LFT—, los trabajadores que cumplan un año de servicio tienen derecho a un periodo vacacional, que en ningún caso puede ser inferior a 12 días laborables, los cuales aumentarán cada año dos días hasta llegar a 20 y después del sexto año, dos días más por cada cinco años laborados.

Dicho precepto no prevé un límite a los días de descanso a que tienen derecho los trabajadores por cumplir un número determinado de servicios.

En este sentido, al empleado objeto de su consulta, le corresponde disfrutar 36 días de vacaciones, porque tiene 42 años de servicios en la compañía, los cuales pueden ser distribuidos en la forma y el tiempo que este así lo requiera (art. 78, LFT).

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