Ley silla: entró en vigor, pero aún faltan disposiciones
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Comercios, hoteles, restaurantes y tiendas deben prepararse para adaptar espacios y cumplir con la nueva obligación de ofrecer sillas a los empleados
De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), laborar toda la jornada de pie puede ocasionar graves problemas de salud física, como fatiga muscular, dolores crónicos en piernas y espalda, así como várices o trastornos circulatorios.
Trabajadores de tiendas departamentales, de seguridad, hoteleros, meseros, etc., suelen prestar sus servicios de pie, sin oportunidad de descansar en una silla.
Para atender esta problemática, el pasado 19 de diciembre de 2024 fue dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), conocida como la Ley Silla, cuyas disposiciones enmendadas entraron en vigor el 17 de junio de 2025.
Por ello, desde esa fecha todas las empresas de los sectores comercio, servicios y afines estarán obligadas a proporcionar asientos con respaldo a sus trabajadores, ya sea para realizar sus actividades cuando sea posible o para permitir descansos periódicos durante la jornada laboral (art. 132, fracc. V, LFT).
Los empleadores tendrán 180 días naturales a partir del 17 de junio de 2025 —es decir, hasta el 13 de diciembre de 2025— para adecuar sus espacios y normativa interna. Esto significa que deberán realizar lo siguiente:
adquirir sillas con respaldo para todos los trabajadores
modificar el reglamento interior de trabajo, si es que cuentan con uno, para incluir de forma explícita el derecho de los subordinados a hacer uso de los asientos durante su jornada, especialmente en momentos de descanso, y
capacitar al personal y supervisores para garantizar que se respeten estas reglas y se implementen medidas preventivas contra riesgos por posturas prolongadas de pie
En el decreto publicado en diciembre de 2024 se indicó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) debe emitir las normas correspondientes sobre los factores de riesgos de trabajo en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor de la reforma —es decir, al 17 de julio de 2025—.
De conformidad con lo señalado, se entiende que se expedirá una Norma Oficial Mexicana (NOM) para establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo por laborar de pie o no contar con un descanso en una silla con asiento.
No obstante, hasta la fecha la STPS no ha dado a conocer ningún proyecto de NOM, por lo que los patrones deben estar atentos sobre la emisión de esta.
La Ley Silla no solo representa un avance en la salud ocupacional y la dignidad en el trabajo, sino que también se alinea con estándares internacionales de protección al empleado.