Cambios a lineamientos de la STPS para inspectores laborales

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Conoce los ajustes que se realizaron a los lineamientos de la publicados en junio de 2025
El 11 de junio de 2025 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un aviso mediante el cual se dan a conocer las direcciones electrónicas para consulta de los Lineamientos Operativos en Materia de Inspección Federal del Trabajo (Lineamientos), que introdujeron una serie de normas que los inspectores deben seguir para lograr mejores prácticas en las visitas que realizan.
Asimismo, la STPS dio a conocer en el DOF del 4 de agosto de 2025, un nuevo Aviso mediante el cual actualizó en su totalidad el documento que contiene los Lineamientos previamente difundidos, asignando nuevas ligas electrónicas para su consulta, indicando que estos entran en vigor el 5 de agosto de 2025 y sin dejar sin efectos los anteriores.
En nuestra opinión, tratándose de una corrección a un documento oficial, la Secretaría tuvo que emitir una nota aclaratoria, porque no se alteró el fondo ni el sentido jurídico del contenido original de los Lineamientos, sino que solo enmendó errores de redacción, referencias, nombres incorrectos, etc. En consecuencia, dichos ajustes debieron señalarse expresamente, conforme al principio de seguridad jurídica (arts. 14 y 16, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
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La mayoría de las modificaciones se basaron en errores de redacción; sin embargo se hicieron unos ajustes entre los cuales destacan los siguientes:
para la actualización del Directorio Nacional de Empresas (DNE), se dará preferencia a la verificación de datos en centros de trabajo sin historial inspectivo (punto 5.4, inciso c, Lineamientos)
en el seguimiento de medidas dictadas en la inspección de origen, el responsable del área podrá comisionar en cualquier momento a un inspector para verificar el centro de trabajo y averiguar si se respetó el mandato de la autoridad (punto 9.7, primer párrafo, Lineamientos)
si la orden de inspección tiene un alcance normativo insuficiente o se detecta un riesgo inminente en una materia distinta a seguridad e higiene, el inspector debe informar de inmediato a su superior para que se ordene una inspección extraordinaria en dicha materia (punto 9.1, párrafo segundo, Lineamientos), y
se corrigió el nombre de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (punto 14.6.4., Lineamientos)
Las direcciones electrónicas en las que se pueden consultar los Lineamientos modificados son: