El 12 de diciembre, en casi todo el país, se realizan festejos de carácter religioso a la Virgen de Guadalupe; sin embargo, no es un día de descanso oficial.
¿El 12 de diciembre es día festivo oficial de descanso?
Si bien los bancos cierran en esa fecha, cabe aclarar que es por la celebración del día del empleado banquero, de acuerdo con las Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2025 en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 27 de diciembre de 2024.
Por lo que es importante precisarles a los trabajadores que ese día no es de asueto, porque el numeral 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no lo prevé como tal, por lo que sí se labora.
Lo anterior no es impedimento para que algunas empresas otorguen el 12 de diciembre como día libre a sus colaboradores, o bien aprovechen la ocasión para celebrar una misa en la fábrica o la comida de fin de año.
¿Cuándo el 12 de diciembre es día de descanso?
Pueden ocurrir supuestos por los cuales el 12 de diciembre se asimile a un día inhábil. Por ejemplo, cuando:
el empleador lo concede unilateralmente (verbalmente o mediante una política interna, tal y como suele ocurrir con el 1o. y 2o. de noviembre), o
se pacta en un contrato colectivo de trabajo, e inclusive se indique que es el día de celebración del empleado de la compañía o de la fiesta institucional
Si el 12 de diciembre se lleva a cabo la convivencia empresarial durante la jornada laboral, es menester señalar que no se puede obligar a los colaboradores a asistir a ella, porque no son las funciones para las cuáles fueron contratados.
En ese sentido, si la empresa suspende actividades por su convite, los trabajadores que no acudan a este deben percibir su salario íntegro, pues no están obligados a lo imposible; es decir, no es culpa de ellos que aquella no tenga actividades productivas.
No obstante, si la compañía sigue siendo operativa (es decir, puede continuar su producción durante la fiesta convocada), cabría la posibilidad que el empleado que decidió no asistir a la celebración, se presente a trabajar en su horario normal.
Si bien ello pudiese catalogarse como válido, en nuestra opinión se corre el riesgo de generar cierta violencia laboral, ya que pudiese darse una coerción social o presión indirecta.
La voluntad de asistir al evento de fin de año, se pierde cuando el trabajador percibe que no asistir implica una desventaja, porque el mensaje es “si no asistes, te quedas trabajando mientras tus pares disfrutan del evento”.
El empleado puede entender que la consecuencia de no asistir será un castigo social por no alinearse con la cultura organizacional, se sentirá señalado por no querer convivir o ser catalogado como problemático y poco participativo. Esto a pesar de que no exista una sanción económica o administrativa; todo ello desencadenando daños psicológicos a causa de liderazgos negativos.
No obstante, no debe olvidarse que los empleadores no están obligados a organizar una fiesta o convivio de fin de año para su personal, lo hacen por una cuestión de agradecerles el empeño de estos durante el año, así como para cohesionar a los equipos de trabajo.
De ahí que es importante para ambas partes tener presente que es una celebración de cierre y de apertura de año, y que sirve para afianzar lazos y como una herramienta para mejorar o mantener el buen clima organizacional.
¿Y qué pasa con la misa para la Virgen de Guadalupe en los centros de trabajo?
Si el empleador organiza una misa católica (o de otra religión) y se suspenden las actividades, de igual forma se precisa que no puede forzarse a los subordinados a asistir, pero tampoco deben obligarlos a prestar sus servicios, porque se consideraría un acto discriminatorio por creencias distintas, haciendo una distinción, exclusión o restricción, por no pofesar el mismo credo que el resto de sus compañeros o crear condiciones que lo presionen a participar, por lo que el patrón tiene que expedirle un permiso con goce de sueldo, para no transgredir su derecho a la no discriminación.
¿12 de diciembre podría convertirse en festivo?
Existen propuestas de reforma presentadas en el congreso de la Unión para adicionar el 12 de diciembre como día de descanso obligatorio; sin embargo, esta enmienda está pendiente de ser estudiada y aprobada.