Créditos de la imágen: Diseño elaborado por Montserrat Arroyo
JUE 22/01
TDC 17.4520
MIE 10/12
INPC 143.0420
JUE 01/01
RECARGOS FEDERALES 2.07%
SAB 01/02
UMA 113.14
¿UMA o Salario Mínimo? ¿Se paga siempre o solo a los 15 años? En este episodio de IDC Resuelve aclaramos la aritmética detrás de esta prestación
El cálculo de la Prima de Antigüedad es, históricamente, uno de los puntos más conflictivos en la gestión de nómina y finiquitos en México. Aunque la premisa básica parece sencilla —12 días de salario por cada año de servicio—, la aplicación práctica del Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) está llena de matices que, si se ignoran, pueden derivar en pagos indebidos o demandas laborales.
La confusión más frecuente radica en dos aspectos: la base salarial para el cálculo (y su tope legal) y los supuestos de exigibilidad (¿realmente se necesitan 15 años de servicio para cobrarla?).
Para disipar estas dudas y blindar tus procesos de nómina, en este nuevo episodio de IDC Resuelve, analizamos a profundidad la mecánica de esta prestación.
🎧 Escucha el episodio completo aquí: