¡Histórico! La jornada laboral de 40 horas se adiciona a
la LFT
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Se publicó la reforma a la LFT sobre la reducción de la jornada laboral de 40 horas, señalando nuevas reglas de horas extra y registro obligatorio de asistencia
Después de más de 100 años sin que se modificara la duración de la jornada laboral, por fin legalmente que limitó a 40 horas semanales.
Esto porque el 1o. de mayo 2026 entra en vigor el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de reducción de la jornada laboral.
Con esta enmienda, el marco legal laboral se armoniza con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer una jornada máxima de 40 horas semanales, manteniendo el derecho a un día de descanso por cada seis de trabajo y redefiniendo los límites del tiempo extraordinario.
Aunque en el Decreto señala que la reforma entra en vigor el 1o.de mayo de 2026, la reducción de la jornada laboral y la duración de las horas extras serán graduales, iniciando formalmente en el 2027 y concluyendo en el 2030, conforme lo siguiente:
Año | Jornada laboral | Horas extras |
2026 | 48 | 9 |
2027 | 46 | 9 |
2028 | 44 | 11 |
2029 | 42 | 10 |
2030 | 40 | 12 |
La reforma redefine el uso del tiempo extraordinario bajo los siguientes límites:
podrán laborarse hasta 12 horas extraordinarias semanales, distribuibles en hasta cuatro horas diarias y en un máximo de cuatro días. El pago de estas horas será con un 100 % adicional sobre el salario ordinario (horas dobles) —art. 66, LFT—, y
el tiempo que exceda este límite no podrá ser mayor a cuatro horas adicionales a la semana, las cuales deberán cubrirse con un 200 % adicional (horas triples) —art. 68, LFT—
Con ello, se mantiene el carácter excepcional del tiempo extraordinario, evitando que su uso se normalice como práctica ordinaria.
Por otra parte, se abligará a los empleadores a vigilar que la suma de la jornada ordinaria y extraordinaria no exceda de 12 horas diarias en ningún caso.
Se introduce la obligación patronal de llevar un registro electrónico de la jornada laboral de cada trabajador, el cual deberá contener la hora de inicio y término.
Por lo cual la STPS deberá emitir disposiciones de carácter general para definir el alcance, modalidades y posibles excepciones de esta obligación.
Estas disposiciones entrarán en vigor el 1o. de enero de 2027.
La reducción de la jornada laboral no solo implica un ajuste normativo, sino una transformación operativa para los centros de trabajo. La correcta implementación exigirá planeación, control y documentación, especialmente en materia de tiempo extraordinario y registro de asistencia.