En cuanto al producto aguacate (paltas), las Secretarías de Economía y la del Trabajo y Previsión Social (STPS) establecieron la clasificación arancelaria 0804.40.01 mediante el Acuerdo aludido como parte de la regulación mediante el Certificado Laboral de Agroexportación (CLA).
El Acuerdo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 1o. de octubre de 2026, mismo que inicia su vigencia el mismo día, y en su artículo Segundo Transitorio se reconocen que los CLA solicitados y emitidos desde el 15 de septiembre de 2026 son válidos.
Integrantes de la cadena de valor del aguacate
Respecto de los implicados en la citada mercancía se encuentran:
productores, con unidades de producción de aguacate al menos cinco hectáreas
empresas de corte, encargadas del corte, selección y clasificación preliminar; las cuales deberán contar con Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE)
empacadores, que realizan actividades de selección, clasificación, acondicionamiento, empaque, etiquetado y almacenamiento, y
exportadores, quienes podrán además desempeñar alguno de los otros roles dentro de la cadena
En razón de que el esquema busca el cumplimiento del exportador, igualmente considera a los distintos participantes vinculados con la operación.
Deberes de los solicitantes
Los exportadores del aguacate tendrán que: gestionar el CLA en la plataforma VELAGRO; declarar el certificado en el pedimento del despacho aduanero que efectúen; y transmitir el CLA como un documento digital o electrónico anexo al pedimento respectivo
Finalidad del CLA
El Certificado Laboral de Agroexportación es el documento por medio del cual se acredita el cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, por parte de quienes participan en la cadena de valor de productos agrícolas destinados a la exportación.
Lo anterior deriva del artículo 283 Quáter de la Ley Federal del Trabajo (LFT), del cual se desprende el régimen de salvaguarda de los derechos laborales de los trabajadores del campo, a cargo de todos los involucrados en las actividades relacionadas con la agroexportación.
Programa piloto de la STPS
Es de contemplar que, respecto del aguacate la STPS emitió un programa piloto de cinco fases consistentes en lo siguiente:
Fase | ¿En qué consiste? | Periodo de solicitud | Vigencia del CLA |
1. Registro del solicitante | Alta del exportador y captura de información de los últimos 12 meses | 15 al 30 de septiembre de 2026 | 1o. de octubre al 7 noviembre de 2026 |
2. Registro de la cadena de valor | Incorporación de productores y demás participantes | 1o. al 7 de noviembre de 2026 | 1o. noviembre de 2026 al 15 enero de 2027 |
3. Registros patronales | Incorporación progresiva de los registros patronales de la cadena | Desde enero de 2027 | Conforme a cada etapa |
4. Factor técnico | Aplicación gradual del factor técnico hasta llegar al 100 % | Desde mayo de 2027 |
5. Régimen permanente | Transición al esquema definitivo del CLA | Noviembre de 2027 | Noviembre de 2027 a enero de 2028
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Detalles de los lineamientos de operación de VELAGRO
Para identificar las reglas de operación VELAGRO, así como las características y los efectos del CLA, le invitamos a consultar el tema “Expedición del Certificado Laboral de Agroexportación: ¿cómo opera?”.