Consejero y gerente ¿trabajador?

Consejero y gerente ¿trabajador?

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 .  (Foto: IDC online)

Un integrante del consejo de administración de la empresa pretende realizar funciones de dirección o gerenciales. ¿Cuáles serían las repercusiones laborales de esta decisión Tratándose de un cuerpo colegiado como el consejo de administración en donde las facultades de patrón recaen en ese ente jurídico y no en las personas que lo integran, debe considerarse legal y por ende posible que alguno de sus miembros pueda desempeñar una actividad gerencial o de dirección dentro de la organización, la cual es de carácter laboral, en atención a que desarrolla sus funciones bajo la dirección y dependencia de la asamblea de accionistas y en éste caso del consejo de administración, en tal virtud presta un servicio personal subordinado, en términos de los artículos 20 de la Ley Federal del Trabajo y 145 y 146 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.