Acta de comisión de RIT ¿ante notario?

Ninguna disposición de la LFT señala como obligación patronal la protocolización del acta de conformación de la comisión mixta

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 .  (Foto: IDC online)

Somos una empresa de reciente creación que vamos a elaborar nuestro reglamento interior de trabajo, pero desconocemos si es necesario protocolizar ante notario público el acta de integración de la comisión mixta de este reglamento. ¿Qué podrían comentarnos al respecto?

Ninguna disposición de la LFT ni sus reglamentos señala como obligación patronal la protocolización del acta de conformación de la comisión mixta del reglamento interior de trabajo (RIT).

No obstante, en el proceso de elaboración del RIT el artículo 424, fracción I de la LFT dispone que se debe formar una comisión mixta cuyo objeto de creación es la formulación y el depósito del citado reglamento ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente.

Por tanto para acreditar ante las autoridades laborales el cumplimiento de esa disposición es preciso que las empresas exhiban el acta de constitución respectiva.