La SHCP dio a conocer en el DOF de este 21 de diciembre las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2018 en los que las administradoras de fondos para el retiro; instituciones públicas que realicen funciones similares; sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro y empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.
No se laborarán los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 19, 29 y 30 de marzo, 1o. de mayo, 19 de noviembre y 25 de diciembre del 2018.
Asimismo se considerarán como inhábiles aquellos días en que el sistema financiero deba suspender operaciones por así establecerlo alguna otra autoridad competente.
No obstante se deben mantener en funcionamiento y operación los servicios en línea que consulten los institutos de seguridad social, los días del año que se consideren hábiles para estos.
Particularmente la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) suspenderá sus labores, además de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 19, 29 y 30 de marzo, 1o. de mayo, 2 y 19 de noviembre y 25 de diciembre del 2018 y los días que habilite para la práctica de visitas de inspección, con independencia de que el sistema financiero suspenda operaciones por así establecerlo alguna otra autoridad competente.
Los días señalados se consideran inhábiles para la interposición y resolución de los recursos administrativos referidos en el artículo 102 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (recurso de revocación en contra de sanciones pecuniarias), así como para el cómputo de los plazos de entrega de información requerida en relación con dichos procedimientos que se sigan ante la Consar, y demás requerimientos de información que realice esta autoridad.