Recientemente la empresa pago una gratificación a sus trabajadores para complementar el aguinaldo de estos. Esto tendrá efectos en el IMSS
Sí. Como se conoce, el salario base de cotización (SBC) se conforma con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, por lo que el emolumento que entregaron conforma dicha base salarial (art. 27, LSS).
El monto entregado a sus colaboradores debe integrarse como un elemento variable, por lo que se deben sumar todos los ingresos de esta naturaleza percibidos durante noviembre y diciembre y dividirse entre el número de días de salario devengados en ese periodo y reportarse dentro de los primeros cinco días hábiles de enero (arts. 30, fracc. II y 34, fracc. II, LSS).
Para esclarecer este panorama, a continuación se presenta un ejemplo, sirviendo como base los siguiente datos: un trabajador con un sueldo mensual de 10,000 pesos, con derecho a 10 días de vacaciones, prima vacacional de 30 % y aguinaldo de 15 días, dicho subordinado recibió una gratificación de 8,000 pesos en diciembre, y tuvo siete días de ausencia en el sexto bimestre:
Salario fijo
Salario diario
Fórmula |
Sustitución |
|
Salario mensual |
$10,000 |
|
Entre: |
Días del mes |
30 |
Igual: |
Salario diario |
$333.33 |
Parte proporcional de prima vacacional
Fórmula |
Sustitución |
|
Días de vacaciones |
10 días |
|
Por: |
Porcentaje de prima vacacional |
30 % |
Igual: |
Proporción anual de la prima vacacional |
3 |
Entre: |
Días del año |
365 |
Igual: |
Proporción diaria de prima vacacional |
0.0082 |
Parte proporcional de aguinaldo
Fórmula |
Sustitución |
|
Días de aguinaldo |
15 días |
|
Entre: |
Días del año |
365 |
Igual: |
Proporción diaria de aguinaldo |
0.0410 |
Factor de integración
Fórmula |
Sustitución |
|
Proporción diaria de prima vacacional |
0.0082 |
|
Más |
Proporción diaria de aguinaldo |
0.0410 |
Más |
Valor que representa la cuota diaria |
1 |
Igual: |
Factor de integración salarial |
1.0492 |
Parte fija
Fórmula |
Sustitución |
|
Salario diario |
$333.33 |
|
Por: |
Factor de integración |
1.0492 |
igual: |
Salario fijo |
$349.72 |
Salario variable
Fórmula |
Sustitución |
|
Importe de la gratificación |
$8,000 |
|
Entre: |
Días de salario devengados en el bimestre1 |
54 |
Igual: |
Cantidad diaria de la gratificación a integrar al SBC |
$148.14 |
Nota:
1.- A los días de bimestre se le restan las ausencias e incapacidades, en este caso 61 menos siete días de ausencias (art. 30, fracción III LSS)
SBC a informar al IMSS
Fórmula |
Sustitución |
|
Salario fijo |
$349.72 |
|
Más |
Salario Variable |
148.14 |
Igual: |
SBC a informar en enero |
$497.86 |