El artículo 331 de la LFT define a los trabajadores domésticos como aquellos que prestan servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.
Estos empleados enfrentaban una situación difícil, ya que no era obligatorio afiliarlos al Seguro Social, hasta que en diciembre del año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional y discriminatoria esta situación. De ahí que solicitara al IMSS la creación de un programa de afiliación para este sector.
No obstante, en ningún momento se le requirió al Infonavit alinearse en la misma situación, pues a este organismo no se le ordenó la creación de un programa o bien, que se adhiriera al programa piloto del Seguro Social.
Sin embargo, el 28 de febrero de 2019, se presentó una iniciativa del Grupo Parlamentario Morena en la H. Cámara de Diputados, en la cual, se propone que todo trabajador doméstico por ley pueda cotizar ante el Infonavit con la finalidad de que pueda adquirir el derecho a solicitar un crédito hipotecario, y de ese modo cumplir con el mandato del numeral 123 apartado A fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este precepto prevé que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus colaboradores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgarles un préstamo barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones.
En esta misma propuesta se pide que el Instituto cuente con un periodo de gracia, al igual que el IMSS, para diseñar un instrumento administrativo que facilite el pago de las aportaciones de los patrones para el fondo de vivienda, y con ello estos subordinados puedan contar con un medio por el cual en algún momento logren poseer un patrimonio propio.
Como se observa, lo que se pretende es que se dé un trato igualitario como a cualquier otro trabajador; y para ello, esta prerrogativa tiene que plasmarse en la ley para que no esté a reserva de la administración del Infonavit suprimir en cualquier momento este derecho.