Se actualizan trámites del Seguro Social

Con esta herramienta los colaboradores pueden acceder de forma más rápida y fácil a su pensión

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 .  (Foto: iStock)

El 30 de agosto entró en vigor el acuerdo del Consejo Técnico del IMSS número ACDO.AS2.HCT.160719/222.P.DPES y sus anexos, en el que se dan a conocer los datos y documentos específicos que deben proporcionarse o adjuntarse para efectuar diversas gestiones orientadas al otorgamiento de prestaciones en dinero.

En comparación con el acuerdo similar anterior, los trámites que deben realizarse no varían, salvo el de la obtención de la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez.

Sin duda, una de las novedades más importantes es que el trámite puede iniciarse mediante la plataforma Mi Pensión Digital.

Dicha aplicación ya fue habilitada; sin embargo, ha estado de forma intermitente en reparación.

Aún así, con esta herramienta los colaboradores pueden acceder de forma más rápida y fácil a su pensión.

Para realizar la gestión en comento, es fundamental que el interesado esté dado de baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, porque de lo contrario el sistema no permitirá iniciar el trámite.

Debe ingresarse a www.imss.gob.mx, seleccionar el apartado Derechohabientes, pensionados y público en general; después dar clic en Jubilación o Pensión; posteriormente seleccionar Servicios en línea y elegir el trámite Pensiones; pulsar la opción Tu retiro con MI PENSIÓN DIGITAL y finalmente oprimir Inicia aquí tu proyección de pensión.

La herramienta solicita: Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguridad Social, correo electrónico, y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), luego el sistema arroja una serie de documentos que deben presentarse  en el área de Pensiones o Control de Prestaciones Económicas y Sociales de la Unidad de Medicina Familiar —UMF— correspondiente al domicilio del solicitante.

Por otra parte, se hicieron cambios generales en los rubros siguientes:

  • la admisión por parte del IMSS de las:
    • actas de nacimiento en línea, impresa en hoja blanca tamaño carta, desde la página de Internet: gob.mx/actas
    • copias certificadas de actas de nacimiento, reconocimiento o adopción expedidas con firma electrónica de las autoridades administrativas nacionales, y
    • semanas cotizadas en el IMSS que comprendan la cadena original, sello digital y secuencia oficial o copia certificada de la constancia
  • las actas de matrimonio o de divorcio emitidas por gobierno extranjero deberán atender lo dispuesto por los tratados para ser válidos
  • los pensionados que cambien de residencia al extranjero y deseen que su pago se efectúe en una institución bancaria extranjera, tendrán que cubrir los gastos administrativos de traslado de los recursos
  • los mayores de 16, pero menores de 18 años, pueden identificarse con la Cartilla del Servicio Militar Nacional emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, y
  • se incluye el trámite de pago de licencia por cuidados médicos de hijos de hasta 16 años con cáncer