Ayuda de Día de Muertos, ¿afecta base salarial?

El precepto 27 de la LSS prevé que el SBC se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria

La empresa otorgará a los colaboradores, el 1o. de noviembre, una cantidad de 1,000.00 pesos por concepto de “ayuda de día de muertos”, establecida en una política de prestaciones de previsión social. Esto con el fin de que durante dicha festividad puedan llevar flores y poner un altar a sus muertos, sin desembolsar de su salario. Vacilamos si debemos integrar o no este monto a su salario base de cotización (SBC). Qué nos pueden decir sobre el particular

El precepto 27 de la LSS prevé que el SBC se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, Prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al empleado por su trabajo.

Considerando lo anterior, como la cuantía entregada a sus subordinados no tiene por objeto retribuir su trabajo, sino evitarles el gasto de cierta cantidad de su ingreso para la adquisición de productos utilizados para llevar a cabo esa costumbre mexicana; el importe otorgado, no debe formar parte de la base salarial de aquellos (art. 27, primer párrafo, LSS).