Con las aportaciones de vivienda que el patrón realiza al Infonavit se integra un sistema de financiamiento que permite a los trabajadores obtener un crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad una habitación (arts. 136, LFT y 29, fracc. II, Ley del Infonavit).
Dicho préstamo puede utilizarse para cubrir una hipoteca con una institución financiera. Para ello, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- la deuda debe ser de otra entidad financiera y puede estar a nombre del trabajador o de su cónyuge
- el banco tiene que estar de acuerdo en firmar la liberación de la hipoteca antes de que se firme la escritura con el Infonavit, y
- al momento de formalizar con el Instituto, la vivienda debe estar al corriente en el pago de impuestos y derechos
El interesado debe considerar que la carta de instrucción condicionada para liquidación y la cancelación de la hipoteca solicitada a la entidad financiera debe tener la siguiente información:
- nombre del trabajador (deudor)
- RFC del acreditado
- ubicación de la vivienda
- monto de la deuda proyectada para su liquidación
- nombre del notario público que deberá estar vigente en el padrón de Notario Públicos de Infonavit
- nombre de la entidad financiera
- Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) para abono en cuenta
- nombre del banco depositario o receptor de pago, y
- vigencia de la carta.
Finalmente, en un lapso de cinco días hábiles el Infonavit se encarga de pagar la hipoteca por medio de transferencia electrónica, a la CLABE señalada en la solicitud.