Como tributo en el Régimen de Incorporación Fiscal, entero la carga social de mis trabajadores aplicando el estímulo fiscal referido en el decreto presidencial del 8 de abril de 2014. Por problemas de liquidez me fue imposible pagar a tiempo las cuotas obrero-patronales de noviembre y diciembre de 2019 de mis subordinados, pero ahora puedo hacerlo, debo pagar la actualización y los recargos correspondientes
Sí, usted tiene que calcular y enterar las cuotas obrero-patronales referidas en su consulta con la actualización y recargos respectivos, de conformidad con los artículos 17-A y 21 del CFF (art. Noveno penúltimo párrafo, Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social del 8 de abril de 2014).
No obstante, debe considerar que esa no es la única consecuencia, de hecho lo más preocupante, es que el pago extemporáneo de las cuotas obrero-patronales es una causa por la cual termina la aplicación de estímulo citado; por tanto, al perder este beneficio debe pagar normalmente dichas contribuciones, así lo prevén el artículo Noveno, fracción III del Decreto aludido y el numeral 10.1.2. del acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, número ACDO. SA1.HCT.250614/141.P.DIR, relativo a la aprobación de las disposiciones de carácter general para la aplicación del estímulo fiscal al pago de las cuotas obrero- patronales al Seguro Social.