¿RP adicional cuándo se realizan obras de construcción esporádicas?

El Instituto les asignará un número de registro patronal adicional

Contrataremos a algunos albañiles para ampliar nuestras instalaciones y separar las oficinas administrativas de la planta productiva. De qué forma podemos dar de alta a estos trabajadores ante el IMSS

De conformidad con el artículo 13, tercer párrafo del Reglamento del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) cuando los patrones ocasionalmente efectúen actividades de ampliación, remodelación o construcción de sus propias instalaciones, el Instituto les asignará un número de registro patronal adicional, por el cual, para efectos del Seguro de Riesgos de Trabajo, cotizarán durante la ejecución de la obra con la prima media de la clase correspondiente a la industria de la construcción (clase V).

Lo anterior, tiene por objeto no afectar financieramente a la compañía y que realmente paguen las cuotas de este seguro en función del verdadero grado de riesgo de la actividad principal que llevan a cabo.

De ahí que lo procedente es que una vez que obtengan ese registro patronal especial, ahí den de alta a los albañiles que participarán en la obra de construcción aludida.

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