Cómo obtener la ayuda por desempleo

El interesado debe considerar que la solicitud de este beneficio perjudica sus semanas de cotización

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La Real Academia Española (RAE) define al desempleo como el cese del trabajador, con carácter temporal o definitivo, en la actividad que venía desarrollando y con ello la privación de su salario.

Ante el duro panorama que ha esbozado el coronavirus (COVID-19) para el sector empresarial, algunos patrones tomaron la decisión de reducir su platilla laboral para poder seguir operando y evitar la quiebra.

Al encontrarse en esta situación los colaboradores dejan de tener una fuente de ingresos; por lo que deben considerar que el dispositivo 191, fracción II de la LSS prevé que cuando un subordinado está desempleado tiene derecho a retirar parcialmente sus recursos de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) de su cuenta individual, a partir del día 46 natural, contado desde que se queda sin trabajo.

Existen dos modalidades para esta ayuda, a saber, si la cuenta del trabajador de que se trate tiene:

  • al menos tres años de haber sido abierta y el asegurado tiene un mínimo de 12 bimestres de cotización al Instituto, el beneficio consiste en 30 días de su último salario base de cotización (SBC) con un límite de 10 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA). La entrega es una sola exhibición, o
  • cinco años o más de haber sido aperturada, la ayuda es lo que resulte menor entre 90 días del SBC del trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV. Se otorga el dinero en seis mensualidades (en donde el subordinado puede solicitar que la primera sea de hasta 30 días de su último SBC).
    Sin embargo, si el beneficiado con la ayuda por desempleo se reincorpora a laborar durante el plazo de la entrega de los recursos, se suspenderán las mensualidades posteriores a su reingreso

Debe tener en cuenta que este derecho solo puede ejercerlo el asegurado que no hubiesen efectuado retiros durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de retiro de recursos, y siempre y cuando lo acredite con los estados de cuenta correspondientes (art. 191, último párrafo, LSS).

Para acceder a esta prerrogativa el interesado debe realizar lo siguiente:

Pre-solicitud de retiro parcial por desempleo

1. Ingresar a la página www.e-sar.com.mx para realizar la Pre-solicitud, ubicando en la parte superior derecha el apartado Retiro Parcial. Para continuar si ya tiene una cuenta registrada solo debe capturar su Usuario (Clave Única de Registro de Población —CURP—), su Contraseña y el ReCapcha y dar clic en Iniciar Sesión o en su caso, Registrase y luego llevar a cabo el trámite 

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2. Verificar que la CURP indicada por el sistema sea correcta y elegir el tipo de prestación DESEMPLEO SURA, marcar con una paloma el recuadro ¿Eres titular de la cuenta AFORE?, y pulsar Siguiente 

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3. El sistema “arroja” los datos del solicitante y debe indicar si son o no correctos; asimismo tiene que proporcionar un Teléfono celular y su confirmación, un horario disponible para que la Afore se comunique con el peticionario y oprimir Siguiente 

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4. Señalar el Estado, Delegación o Municipio así como la Sucursal de su Afore, en donde concluirá el trámite, para que el sistema le notifique que la cita se generó y le proporcione los datos de la fecha y lugar en donde deba presentarse  

Sin embargo, actualmente al estar suspendidas las actividades por el COVID-19, el sistema emite el siguiente mensaje NO HAY DISPONIBILIDAD DE CITAS, de ahí que todo el trámite mientras dure la emergencia sanitaria debe efectuarse directamente en su Afore

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Sucursal Afore

Para concluir el trámite el interesado debe acudir a la Unidad Especializada de Atención al Público de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y tener su expediente de identificación electrónico actualizado.

El solicitante debe presentar en original y copia, la siguiente documentación:

  • identificación oficial con fotografía
  • algún documento que contenga tu Número de Seguridad Social (NSS)
  • comprobante de domicilio no mayor a tres meses
  • CURP actualizado, y
  • estado de cuenta bancario con número CLABE para que se efectúen los depósitos respectivos

Una vez verificados los datos la Afore le proporciona la Solicitud Disposición de Recursos de Retiro Parcial por Desempleo, con los siguientes datos:

  • nombre completo
  • CURP
  • NSS
  • domicilio del trabajador, y
  • datos de la cuenta bancaria en la que se efectuará el depósito del dinero

Por la situación que se está viviendo, la pre solicitud que establece el numeral 419 de las Disposiciones de Carácter General en materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la cual se realiza a través del E-SAR, por el momento no es posible por ello, se sugiere al interesado solicite una cita con su Afore vía telefónica para acceder a este beneficio.

Igualmente, el peticionario debe tener presente que la disposición que realice de los recursos de su cuenta individual por concepto del retiro por situación de desempleo, disminuirá en igual proporción a las semanas de cotización efectuadas; no obstante puede reintegrar posteriormente los recursos retirados y con ello recuperar las semanas de cotización descontadas, para no afectar su pensión futura (art. 198, primer párrafo, LSS).