Oficial, emisión de incapacidad por maternidad en línea

El IMSS ha implementado la gestión de este tramite a través de sus plataformas digitales para mitigar riesgos de contraer Coronavirus

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 .  (Foto: iStock)

La maternidad es el estado fisiológico de la mujer originado por el proceso de la reproducción humana. Abarca el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia (art. 2o., fracc. X, Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS —RPM—).

A fin de mantener protocolos de seguridad y sanidad ante la contingencia actual por el COVID-19 y por tratarse de un sector de mayor vulnerabilidad, el IMSS dio a conocer en el DOF del 4 de mayo de 2020, el ACDO.AS2.HCT.070420/119.P.DPES, tocante a la autorización para la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto. A continuación, lo más relevante de este documento, el cual entró en vigor el mismo 4 de mayo de 2020.

La Dirección de Prestaciones Médicas está facultada para:

  • certificar el estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, tanto para las aseguradas que hubiesen acudido a los servicios médicos para control prenatal como a las que se atienden con servicios médicos ajenos al IMSS
  • suspender la carga del registro de alta o modificación de cuentas CLABE interbancarias de las colaboradoras para el pago de subsidios por incapacidad temporal para el trabajo por maternidad, e
  • incorporar en el proceso de pago de la incapacidad temporal para el trabajo por maternidad la confirmación del patrón a través del portal del IMSS

Además, se instruye a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico para que aporte las adecuaciones necesarias en los sistemas informáticos que requieran la Dirección de Prestaciones Médicas y Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para la correcta aplicación del Acuerdo.