Medidas preventivas de las Afore durante época del COVID-19

Estas acciones son adoptadas para la mitigación y control de los riesgos para la salud asociados con el Coronavirus

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 .  (Foto: iStock)

Con la finalidad de garantizar la continuidad de las labores esenciales en materia financiera, de operaciones, atención a trabajadores, así como supervisión y vigilancia en los Sistemas de Ahorro para el Retiro —SAR—, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro —Consar—, estableció las Medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro a causa del COVID-19, publicadas en el DOF el 26 de marzo de 2020 y sus modificatorios del 17 y 28 de abril de 2020.

Dichas acciones deben seguirse por las Administradoras de Fondos para el Retiro —Afore— y demás participantes durante esta emergencia sanitaria a causa del COVID-19.

A continuación los detalles del mismo.

En materia de operaciones y atención a trabajadores

Se mantienen en todo momento la operación y registro de los siguientes procesos:

  • recepción e individualización de recursos provenientes de cuotas obrero–patronales y aportaciones voluntarias. Para evitar la concentración física, el tránsito o desplazamiento de personas, se efectúa primordialmente la prestación de servicios a través de medios no presenciales, aprovechando el uso de tecnologías de la información, dispositivos electrónicos y centros de atención telefónica.
    En ese sentido, continúan de manera ininterrumpida los siguientes canales para la atención a trabajadores:
    • teléfono gratuito de SARTEL 55 1328 5000
    • aplicación AforeMóvil
    • portal de servicios e-SAR, y
    • portales de atención de las propias Afores y de la página de Internet de la Consar
  • atención en las sucursales de las Afore de forma excepcional a los asegurados que cuenten con cita previa, exclusivamente para la realización de trámites esenciales, como: retiros totales; retiros parciales por desempleo; disposición de recursos de ahorro voluntario y aquellos que tienen un impacto directo en los trámites de pensión (registro, corrección de datos, separación y unificación de cuentas).
    En caso de las solicitudes de traspaso se deben realizar cuidando las medidas de distanciamiento y prevención, por lo que para salvaguardar la salud de los colaboradores y del personal de la Afore, dichas citas pueden reprogramarse.
    Las Administradoras determinarán los horarios de atención de acuerdo con la capacidad de su personal disponible informándolo al público en general para cada sucursal, módulo y unidad especializada; en caso de presentarse un incremento en el tiempo de espera, deben implementar mensajes que adviertan al usuario dicha situación con la finalidad de evitar desplazamientos innecesarios y cuidar en todo momento que se cumplan las medidas preventivas que indique la autoridad sanitaria, y
  • los retiros por desempleo de los trabajadores cotizantes al IMSS deben liquidarse en una sola exhibición para evitar que los trabajadores tengan que acudir en múltiples ocasiones a las sucursales, módulos o unidades especializadas

Estas medidas tienen un carácter temporal, y su vigencia aplica desde el 26 de marzo de 2020 y hasta la fecha en que la Secretaría de Salud o el Consejo de Salubridad General, mediante publicación en el DOF, ordene el regreso ordenado escalonado y regionalizado de todas las actividades no esenciales.

Suspensión de plazos

Quedan suspendidos los plazos que se refieran a diversas solicitudes de autorización que se hubieran presentado ante la Consar. En consecuencia, el día hábil inmediato siguiente a la finalización del periodo señalado, se continuará el cómputo de los plazos previstos en la normatividad aplicable.

La interrupción de los términos contemplados es aplicable igualmente a los lapsos establecidos para que la Consar tome conocimiento o resuelva lo conducente respecto de los trámites o procedimientos aquí referidos.

No se suspenden los plazos y términos relacionados con requerimientos emitidos por la Consar que se realicen derivados de quejas y procedimientos seguidos por los trabajadores ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, o las Comisiones de Derechos Humanos de los Estados.

Como se observa, estas medidas buscan beneficiar a los trabajadores ya que pueden continuar recibiendo los servicios de las Afore para realizar sus trámites del SAR con la menor interrupción y desplazamiento posible, procurando su seguridad sanitaria y la de los participantes del SAR.