Uno de los socios de la compañía contrató a una empleada doméstica para su casa, a quien inscribió en el programa piloto del IMSS. Me pregunta, como contador de su negocio, si también debe pagar las aportaciones de vivienda. Qué nos pueden comentar al respecto
No, en sentido estricto; porque no existe ninguna disposición legal que obligue a los patrones a afiliar a sus trabajadores domésticos al Infonavit.
Si bien, el 1o. de abril de 2019 inició el programa piloto del IMSS para la afiliación de los trabajadores del hogar, se trata de un modelo para evaluar la forma de inscripción y pago de las cuotas del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
Este programa se implementó derivado de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el amparo directo 9/2018, en donde se declaró la inconstitucionalidad de que los patrones no inscribieran a sus trabajadores domésticos al IMSS, y se le ordenó al mismo Instituto crear un programa de afiliación obligatorio.
Consecuentemente en las reformas a la LFT del 1o. de mayo de 2019 se adicionó la obligación del patrón de inscribir a su trabajador del hogar al IMSS y pagar las cuotas correspondientes (art. 337, fracc. IV, LFT).
Como se aprecia, tanto la SCJN como los legisladores, dejaron fuera la obligación del patrón de inscribir a su trabajador del hogar ante el Infonavit, por lo que por este tipo de trabajadores los patrones no tienen porque aportar en este fondo.